Así ha respondido Garzón al abogado autor de la querella contra él, Ignacio Peláez, en la primera sesión del juicio celebrado en el Tribunal Supremo, en la que ha insistido en que "en ningún momento" ordenó intervenir a los letrados, sino a los internos porque existían indicios de que la actividad delictiva de la trama continuaba con los cabecillas de la red corrupta en la cárcel.
Una medida que adoptó, ha dicho, para evitar que se siguieran cometiendo delitos como el de blanqueo de capitales, que se estaba investigando, y localizar y recuperar los fondos desviados por la trama, pero siempre con la "clarísima intención" de prevenir el derecho de defensa y con el apoyo de la Fiscalía.
"Los abogados eran parte nuclear de la misma para desarrollar todas y cada una de las actividades criminales de la organización", ha subrayado el juez, que ha declarado desde el banquillo de los acusados después de que el presidente de la sala, Joaquín Giménez, le recordara que debía "despojarse de la toga" y abandonar el estrado de los letrados en el que había permanecido esta mañana.
Prueba de que "se adoptaron todas y cada una de las medidas para que ese derecho de defensa quedara prevenido", ha afirmado el juez de la Audiencia Nacional, suspendido de sus funciones desde mayo de 2010, es que ninguna de las diligencias que abrió contra los imputados guardaban relación con las comunicaciones intervenidas.
Ha precisado a Peláez, defensor de uno de los empresarios imputados, José Luis Ulibarri, y a quien también se grabó durante sus visitas a la cárcel de Soto del Real a los presuntos cabecillas de la trama Francisco Correa y Pablo Crespo, que cuando se le intervino sus conversaciones con estos detenidos no constaba que él los representara de ninguna manera.
Asimismo, le ha espetado que la actividad principal investigada era el blanqueo de capitales y que cuando se ordenó el ingreso en prisión de Correa y Crespo había indicios de que más de 20 millones de euros habían sido ocultados por la trama en cuentas en Suiza y otros paraísos fiscales.
"Una actividad completa dirigida por abogados de la organización" y, en concreto, ha citado a Manuel Delgado y José Antonio López Rubal, que fue el primer abogado de Correa hasta que fue imputado en la causa.
Después de la medida de prisión, ha explicado el juez, la única actividad delictiva que continuaba era la de blanqueo, por lo que se trataba de evitar que se siguiera cometiendo ese delito y no de ampliar u obtener datos para la investigación.
Preguntado por Peláez por la razón por la que ordenó las comunicaciones de los abogados sin que se tratara de un delito de terrorismo, Garzón ha recordado que el artículo 51.2 de la Ley Orgánica General Penitenciaria respalda las interceptaciones por orden de la autoridad judicial y no exclusivamente en los supuestos de terrorismo.