España

La Audiencia confirma el archivo de Lucía Figar en 'Púnica' 8 años después de su imputación

La Sala de lo Penal rechaza el recurso de Anticorrupción, confirma la decisión del juez y determina que los trabajos de reputación 'online' contratados desde su Consejería no se realizaron para su beneficio personal

  • La Sala ratifica la decisión del juez instructor que archivó la causa para la exconsejera madrileña -

Lucía Figar queda definitivamente fuera del 'caso Púnica'. Ocho años después de su imputación en la causa por presunta financiación irregular del PP madrileño, la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional ha confirmado su exoneración de la trama. Los magistrados respaldan el criterio del juez instructor, que en marzo ya sobreseyó las actuaciones para ella, y confirman su salida de esta causa de corrupción.

La Sección Cuarta explica en un auto, al que ha tenido acceso Vozpópuli, que la que fuera consejera de Educación no se benefició a título individual de los trabajos de reputación online que la Comunidad de Madrid contrató a las empresas del 'conseguidor' de la Púnica, Alejandro de Pedro. Según sostiene, los trabajos de posicionamiento en redes de EICO y Madiva -costeados desde la Consejería de Educación que dirigía Figar- buscaban beneficiar al cargo, no a la persona.

La Fiscalía Anticorrupción recurrió el archivo al considerar que estos contratos, que se pagaron con fondos públicos, buscaban una mejora individual de los miembros del Gobierno de Esperanza Aguirre. Se trató de 26 informes que se elaboraron entre enero de 2012 y 2014 por un importe total de 58.872 euros. El auto analiza la reciente sentencia de la pieza de León en Púnica (que también ha abordado estos trabajos de mejora) para concluir que no hay indicios de delito.

Los trabajos reputaciones de Púnica

"Sin perjuicio de las irregularidades de tipo administrativo que pudieran detectarse en el proceso de licitación de los contratos de estas mercantiles, no entra dentro de la esfera del Derecho Penal fiscalizar la actuación de la Administración Pública en el ejercicio de las facultades. No es susceptible de incardinarse en un delito de prevaricación. Los trabajos se ejecutaron y no se advierte que exista elemento alguno que permita hablar de malversación", dispone el auto.

De esta forma tumba también la acusación de que los trabajos fueron "confidenciales" y da la razón al magistrado de que los servicios no tenían un carácter "exclusivamente laudatorio" de Lucía Figar como si fuese un ente separado de su cargo entones de consejera de Educación.

No se ha aportado ningún tipo de prueba que acredite que se trataba de trabajos de carácter personal. Las referencias contenidas en los informes lo son a la política de la institución.

"Resulta extraordinariamente difícil discernir cuando se trata de campañas de promoción o de reputación en Internet, entre la promoción institucional y el prestigio personal del político", indican los magistrados, los cuáles aluden a la sentencia del Tribunal Supremo que archivó la causa abierta contra la exalcaldesa de Cartagena y exsenadora del PP Pilar Barreiro también por sus trabajos de reputación online.

Ocho años imputada

El archivo se acuerda tras ocho años de imputación teniendo en cuenta que Figar fue citada como investigada en junio 2015 por el entonces magistrado instructor de la causa, Eloy Velasco. La apertura de esta pieza, la décima de la causa, se produjo un año después de que arrancara en la Audiencia Nacional la trama Púnica, cuyo epicentro giró en torno a presuntas irregularidades de Francisco Granados durante su etapa como alcalde de Valdemoro pero se expandió hasta salpicar a la entonces cúpula del PP madrileño por presunta financiación irregular.

Una de las aristas indagadas es la de los trabajos que el bautizado como 'conseguidor' o 'informático' de Púnica realizó a los altos cargos del ejecutivo madrileño. Al respecto se han pronunciado ya el Supremo en la sentencia de Barreiro y la propia Audiencia Nacional en la sentencia sobre la parte de la red que afecta a León. En dicho fallo se dio validez a estos informes haciendo hincapié en que buscaban mejorar la figura pública del político.

Ahora la Sala sigue esta senda y exonera, además de a Figar, a Luis Sánchez Álvarez (entonces director de la Fundación para el Conocimiento MadridmasD); a Manuel Pérez Gómez (exsecretario técnico de la Consejería de Educación); a Pablo Balbín (exjefe de prensa de la Consejería de Educación); al exalcalde de Alcobendas Ignacio García de Vinuesa y a su exdirectora de Comunicación María Teresa Alonso Majagranzas.

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