España

Primer incendio de Bolaños en Justicia: abogados de oficio reclaman su derecho a huelga

Sindicato de Abogados Venia ha convocado un parón indefinido a nivel nacional para exigir al Gobierno mejorar de manera urgente las condiciones de prestación del servicio de guardias y turno de oficio

  • El ministro de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, Félix Bolaños, a su llegada a La Moncloa -

Félix Bolaños no ha empezado con buen pie su andadura al frente de la cartera de Justicia. El nombramiento del nuevo ministro ha sentado como un jarro de agua fría en la judicatura: uno de los padres de la futura ley de amnistía, el nuevo Notario Mayor del Reino. La unificación del Ministerio de Presidencia y Justicia es considerada una centralización del poder, en un momento en el que el Ejecutivo de coalición es observado con recelo por jueces y fiscales.

El hombre de confianza de Sánchez se enfrenta al primer incendio interno de la legislatura. Abogados de oficio arremeten contra el Ministerio de Justicia por obstaculizar el desarrollo de la huelga convocada a partir del pasado 21 de noviembre. El Sindicato de Abogados Venia reclama lo que considera un "derecho fundamental" para cualquier español.

Bella Sánchez, responsable del departamento de comunicación, cuenta a Vozpópuli que abogados y procuradores de oficio han recibido un portazo por parte de la Dirección General para el Servicio Público de Justicia y la Abogacía del Estado.

El sindicato ha convocado un parón indefinido a nivel nacional para exigir al Gobierno mejorar de manera urgente las condiciones de prestación del servicio de guardias y turno de oficio. Sin embargo, se han encontrado con varias trabas administrativas que amenazan su derecho a la huelga.

Según denuncian desde sus redes sociales, remitieron la convocatoria al organismo correspondiente, en este caso a la Dirección General de Trabajo del Ministerio de Trabajo. Seguidamente, comunicaron el parón indefinido planificado para abogados y procuradores de oficio a "todas las comunidades que tenían la competencia en justicia transferidas".

El Ministerio de Trabajo que, según explican desde el sindicato solo tiene competencias para recoger la convocatoria, trasladó el caso a Justicia como autoridad competete para establecer los servicios mínimos obligatorios por la ley. Sin embargo, este último ha optado por seguir los pasos del "Director General de Justicia de Galicia el día 12 de julio, que es declararse incompetente. Pero en vez de declararse incompetente, dice que no tenemos derecho", denuncia Bella Sánchez.

Abogados Venia denuncia que el Ministerio de Justicia, el Abogado del Estado y los propios colegios de abogados han enviado cartas a los juzgados diciendo que "no se puede suspender porque no tenemos derecho a huelga".

Sanciones para los que van a huelga

La responsable de comunicación explica que se les ha solicitado a algunos compañeros del turno de oficio sus números de colegiado y que han sido amenazados con la apertura de un expediente disciplinario si continuaban con los parones. "En el momento en el que sancionen se tomarán otras medidas. Porque impedir el derecho de huelga está tipificado en el Código Penal en el artículo 315.2", comenta.

Dicha condición queda por escrito en el oficio remitido por el Ministerio de Trabajo, al que ha tenido acceso Vozpópuli, y en el que se detalla la respuesta del propio Ministerio de Justicia. A través de un informe de la Abogacía del Estado, "ponen de manifiesto una serie de consideraciones acerca de la naturaleza -ni laboral, ni estatutaria ni funcionarial- de la relación que une a los profesionales del Turno de Oficio con el reiterado Ministerio".

Sirviéndose de dicha premisa, Justicia concluye que "en el caso de que aquellos suspendieran sus funciones de asistencia jurídica gratuita, tal cesación no estaría amparada por derecho de huelga alguno". Los abogados de oficio defienden que para establecer si existe derecho o no a huelga, hay que acudir a la ley 36/2011 del 10 de octubre -recogida también en el oficio de Trabajo- y que "otorga la jurisdicción a lo Social".

El Ministerio de Bolaños no puede decir no la huelga

Bella Sánchez explica que el Ministerio que ahora ostenta Félix Bolaños tendría que acudir a poner una demanda impugnando la licitud o la ilicitud de esa convocatoria de huelga. "Tendrían que resolver los tribunales. Este caso es de ámbito nacional y, por tanto, sería competente la Audiencia Nacional".

El sindicato se acoge al artículo 14 de la Constitución Española para defender la igualdad de todos los ciudadanos ante la ley "sin importar por razón de oficio o cargo no puede haber discriminación". Además, recuerdan la existencia de legislación europea que avala su derecho a ejercer la huelga. En países como Francia o Inglaterra los abogados de oficio han convocado huelgas.

La responsable de comunicación entiende también que los abogados de oficio son personal dependiente de la Administración y que existe un informe del año 2017 atestiguando esta relación de dependencia.

Desde Sindicato de Abogados Venia remarcan, no obstante, que aunque la convocatoria de huelga está siendo seguida en todas las comunidades autónomas, se están respetando los servicios mínimos. "Si se trata de casos de menores, violencia de género o de personas detenidas, tenemos que atenderles. Esto está por encima, según el Constitucional, del derecho a huelga", sentencian.

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