España

Cambio radical en la edad de jubilación: llegará en 2025

La edad de jubilación va a volver a subir y lo hará hasta 2027. Te contamos todos los detalles sobre este asunto

  • Un hombre mayor descansando en un banco -

La edad de jubilación vuelve a cambiar en 2025. Con la reforma que se hizo en el sistema de pensiones que se aprobó en 2013, cada año va a subir al igual que los años de cotización necesarios para jubilarse con 65 años. Y lo va a seguir haciendo hasta 2027. En ese año será a los 67 años cuando se pueda acceder a la pensión completa.

Actualmente, la edad de jubilación está fijada en las personas que tienen 66 años y seis meses, si no han cotizado 38 años en su vida laboral. Sin embargo, se podrán jubilar a los 65 años si la cotización acumulada es superior a esa edad.

Los cambios en la edad de jubilación a partir de 2025

Será a partir del 1 de enero de 2025 cuando cambie. Los trabajadores que quieran jubilarse con 65 años tendrán que haber cotizado un total de 38 años y tres meses. En el caso de que se tengan cotizados en la Seguridad Social menos de 38 años y tres meses, la edad se situará en los 66 años y 8 meses cuando se cumplan los requisitos.

Para poder acceder a una pensión contributiva de jubilación será necesario acreditar que se tienen 15 años cotizados. También se tiene que cumplir con la carencia cualificada o específica de que, de esos 15 años que se hayan cotizado, al menos dos tienen que estar enmarcados en los últimos 15 años anteriores. Tener la edad de jubilación no da garantías de que se vaya a cobrar el 100% de la pensión.

En el caso de que se quiera acceder al 100% la Seguridad Social solicita a los españoles tener 36 años y seis meses cotizados. Todos estos requisitos se van a mantener hasta el año 2027 y será a partir de esa fecha cuando se exija tener 37 años cotizados.

Además, se retrasa la edad de jubilación anticipada hasta los 66 años y 8 meses. Si se tienen 38 años y tres meses cotizados, la edad máxima se adelanta a los 63 años. En todos los supuestos de jubilación anticipada o forzosa, una persona lo puede hacer hasta cuatro años antes de la edad legal.

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