España

El juez envía al banquillo de los acusados al rapero que se mofó en Twitter de Ortega Lara y Miguel Ángel Blanco

El magistrado José de la Mata ha dictado el auto de apertura de juicio oral contra César Augusto Montaña por un delito de enaltecimiento del terrorismo y vejación a las víctimas. El acusado se enfrenta a 20 meses de prisión, ocho años de inhabilitación y dos de libertad vigilada. Contra este auto no cabe interponer recurso.

  • El líder de Def Con Dos, César Strawberry.

El titular del Juzgado Central de Instrucción Número 5 de la Audiencia Nacional, José de la Mata, ha dictado un auto donde envía al banquillo de los acusados al líder del grupo de rap Def Con Dos, César Strawberry, por los comentarios que vertió en la red social Twitter mofándose de víctimas del terrorismo como el ex funcionario de prisiones secuestrado por ETA, José Antonio Ortega Lara, o el que fuera concejal del PP en Ermua, Miguel Ángel Blanco.

En el auto, al que ha tenido acceso Vozpópuli, el instructor recuerda que decretó el sobreseimiento provisional de esta causa el pasado mes de octubre al no apreciar indicios de delitos en el comportamiento del rapero pero que la Sala de lo Penal de la Audiencia revocó dicho archivo estimando el recurso interpuesto por el Ministerio Fiscal.

El juez recuerda en su auto que él archivo la causa pero la Sala de lo Penal le obligó a reabrirla y dictar la apertura de juicio oral contra César Strawberry

El acusado César Augusto Montaña escribió en la red social Twitter comentarios como "el fascismo sin complejos de Esperanza Aguirre me hace añorar hasta los Grapo" en alusión a su deseo de que esta organización actuara frente a la presidenta del PP de Madrid; que "a Ortega Lara habría que a secuestrarle ahora", en referencia al cautiverio que la organización terrorista ETA hizo del funcionario de prisiones durante 532 días; o, "¿Se puede llevar una camiseta con un estampado de Miguel Ángel Blanco? Lo pregunto desde el respeto y el verano?".

Por estos 'tuits' el rapero se enfrentará en el juicio a una pena de un año y ocho meses de prisión, ocho años de inhabilitación absoluta y dos años de libertad vigilada que reclama para él la Fiscalía de la Audiencia Nacional por un delito de un delito continuado de enaltecimiento y vejación a las víctimas del terrorismo.  

Contra el auto de apertura de juicio oral no cabe interponer recurso y por lo tanto será la Sala de lo Penal de la Audiencia la que juzgue en los próximos meses al líder de Def Con Dos.

La jurisprudencia condena a los tuiteros

En sentencias recientes tanto la Audiencia Nacional como el Tribunal Supremo han condenado casos similares al de César Strawberry.  El pasado 25 de enero, el Alto Tribunal condenó a un año de prisión por un delito de humillación a las víctimas del terrorismo a un joven que en su perfil de Facebook, bajo la identidad de "Vicent Sidorenko", publicó la expresión "Gora ETA. Libertad presos políticos, Miguel Ángel Blanco mejor muerto". El acusado,  dos semanas más tarde, el 31 de enero de 2014, insertó otro mensaje con una foto a la que añadió que "el zulo de Ortega Lara tenía más metros cuadrados que donde viven muchísimos españoles".

En la sentencia, la Sala Segunda del TS concluyó que expresiones como "Miguel Ángel Blanco, mejor muerto" son cinco escasas palabras pero concentran unas tales dosis de odio y desprecio que ineludiblemente han de activar los mecanismos penales de tutela. Los magistrados añadieron que no menos crueldad asoma a través del comentario adobado de cierto sarcasmo cínico sobre las dimensiones del zulo donde Ortega Lara estuvo recluido durante meses. Dicha comparación es un gesto despectivo al minusvalorar hasta la humillación el sufrimiento de tal víctima del terrorismo, recalcó el Supremo.

La Audiencia Nacional ha dictado varias sentencias condenatorias por tuits similares a los de César Strawberry que han sido confirmadas por el Supremo

Por otro lado, la semana pasada la Audiencia Nacional  condenó a María Lluch Sancho a dos años de prisión por un delito de enaltecimiento del terrorismo y de humillación a las víctimas del terrorismo (art 578 del Código Penal) por publicar comentarios y expresiones en su perfil de Twiter vejatorias contra víctimas de ETA como Miguel Angel Blanco e Irene Villa, así como ensalzar las actividades de miembros de la organización terrorista.

Los magistrados concluyeron que, después de analizar la doctrina del Tribunal Supremo y los textos publicados por la acusada en su perfil de Twitter era indudable que enalteció a la organización terrorista ETA y que en el caso de las expresiones vertidas sobre víctimas como Miguel Angel Blanco e Irene Villa "presentan niveles de crueldad, vejación, humillación y hasta falta de piedad de proporciones superlativas dirigidas a dos concretas víctimas de actos terroristas que adquirieron gran notoriedad pública, por la generalizada solidaridad que despertaron en la ciudadanía". Esas frases, según explicaron los jueces en su sentencia, no sólo supusieron una afrenta para estas dos personas sino para el colectivo de víctimas del terrorismo.

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