Comunidad Valenciana

Pedro Cortés es condenado a un año y diez meses de prisión por un delito de abuso sexual

El expresidente del Valencia CF y exdelegado de la Real Federación Española de Fútbol ha sido condenado por los abusos a una canterano del equipo valencianista que, en el momento de los hechos, tenía 16 años

  • Pedro Cortés, expresidente del Valencia -

El Juzgado de lo Penal número 3 de Valencia ha decidido condenar a una pena de un año y diez meses de cárcel a Pedro Cortés, quien fuera presidente del Valencia CF y también delegado de la Real Federación Española de Fútbol por un delito de abusos sexuales a un jugador de la cantera del club valencianista..

Cortés estaba acusado de este delito hacia el joven jugador que en el momento de los hechos tenía 16 años de edad. El procesamiento comenzó en octubre de 2021 por el Juzgado de Primera Instancia número 1 de Paterna por ese presunto delito, que fue denunciado en noviembre de 2020 aunque la investigación no salió a la luz hasta enero. A raíz de la denuncia Pedro Cortés abandonó su cargo en la Federación Española.

Recurrirá la sentencia

El expresidente del Valencia CF siempre ha negado la acusación a través de su abogado y ha mostrado su intención de recurrir la sentencia que hoy ha dictado el juzgado de Valencia después de que el juicio se celebrara a finales del pasado mes de febrero. El menor firmó un contrato de representación con la agencia de un familiar de Pedro Cortés, lo que "facilitó que el acusado tuviera contacto de manera habitual con el menor", lo que, a su vez, dio lugar a una "relación de confianza", tal y como ha relatado el Ministerio Público.

Te voy a comer enterito

Los hechos sobre los que hoy ha tomado una decisión el juez se remontan a noviembre de 2020 cuando Pedro Cortés invitó al joven jugador, que entonces tenía 16 años, a comer con su familia en un restaurante de Valencia y durante la comida le susurró al oído: "Te voy a comer enterito".

Después, Cortés trasladó al menor a la Ciudad Deportiva de Paterna, donde residía, y "guiado por su ánimo libidinoso posó su mano derecha en el muslo izquierdo del menor comenzando a hacerle masajes en forma circular desplazando su mano el acusado hasta la zona genital, llegando a colocarla sobre el pene del mismo", según la Fiscalía.

Ley del 'sólo sí es sí'

Siguiendo con esa relación de los hechos, el menor apartó la mano de Cortés, que le dijo en ese momento que "vida hay solo una y hay que disfrutarla". Los padres del menor denunciaron los hechos tras ser conocedores de los mismos.

El fallo establece también la prohibición a Pedro Cortés de aproximarse a menos de 200 metros de la víctima y libertad vigilada por un período de dos años. Asimismo, se condena al pago de la costas y de una indemnización de 6.000 euros.

La defensa de Cortés había argumentado que el delito que se imputaba a su defendido está destipificado por la denominada ley del 'solo sí es sí, por lo que esperaba sentencia absolutoria. Sin embargo, la Sala ha decidido dar veracidad al relato del menor que aportó, para apoyar su versión, unos mensajes que Cortés le había enviado a través del servicio de mensajería online Whatsapp.

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