El Consejo de Ministros ha aprobado la reforma bancaria por la que modifica los requisitos de honorabilidad exigidos a los banqueros y que decidirá el futuro de Alfredo Sáenz como consejero delegado del Santander. La normativa no sólo matiza el requisito de honorabilidad, sino que además, deja sometida la decisión de permitir que ejecutivos condenados como Sáenz sigan en su cargo a la discreción del Banco de España.
El supervisor tendrá la última palabra sobre la permanencia de Sáenz. La decisión del Banco de España no se producirá hasta que falle el Tribunal Constitucional, la última vía a la que acudirá el Santander para defender a su número dos. Tanto el supervisor como la entidad bancaria esperan la decisión del Supremo sobre el recurso de amparo "por infracción del derecho de igualdad y del derecho a tutela judicial efectiva". Fuentes jurídicas aseguran que, “lo más lógico es que el Supremo se reafirme en la anulación parcial de su indulto”. En caso de que el Supremo se reafirme en su última sentencia, que anula las consecuencias administrativas del indulto concedido a Sáenz por el anterior gobierno socialista, el banco con sede en Boadilla recurrirá en amparo al Tribunal Constitucional.
Santander cree que podrá mantener a Sáenz en el cargo porque no hay "ningún impedimento legal" para que así sea
El banco confía en que el gran volumen de jurisdicción presentada ante el Banco de España sea suficiente para lograr mantener a Sáenz en su cargo. El propio Botín aseguró, hace poco más de dos semanas, que la entidad cuenta con “informes terminantes” que muestran que no existe “ningún impedimento legal” de la continuidad del actual consejero delegado. La continuidad, sin embargo, se pone en duda desde Economía y el propio Banco de España. A día de hoy, en ambas instituciones se apuesta mayoritariamente por la próxima salida de Sáenz. Incluso fuentes del ministerio que dirige Luis de Guindos aseguraban, pocos días atrás, que “nadie va a poder reprocharle ni al Gobierno ni al Banco de España sobre la decisión que va a adoptar” con respecto a Sáenz. Estas mismas fuentes reiteran que el nuevo decreto de honorabilidad que aprobará el Gobierno, podría aprobarse incluso este mismo viernes, “no va a favor ni en contra de nadie”.
El Real Decreto aprobado hoy incorpora al marco jurídico español las recomendaciones de la Autoridad Bancaria Europea (EBA por sus siglas en inglés) al respecto, lo que supone ampliar los requisitos actuales y potenciar un control continuo tanto por parte del Banco de España como de las propias entidades.
La EBA estableció en noviembre de 2012 una serie de directrices sobre la valoración de la idoneidad de los consejeros y directivos en entidades de crédito. Pese a su carácter no vinculante, los supervisores nacionales deben comunicar si cumplen con estas recomendaciones antes del próximo 22 de mayo y, en caso negativo, explicar los motivos. Previamente, el pasado 22 de enero, los supervisores nacionales debían expresar sus intenciones al respecto. España ya comunicó su intención de acatar las directrices para, junto a otras medidas, mejorar la confianza en el sistema financiero.
La norma afecta por igual a bancos, cajas de ahorros, cooperativas de crédito, conglomerados financieros, sociedades de tasación, establecimientos financieros de crédito, entidades de pago y entidades de dinero electrónico.
La no ideoneidad para un cargo se decidirá por si hay conflictos de interrés en puestos pasados o presentes, relaciones personales o económicas o que no se pueda dedicar tiempo al cargo
El real decreto amplía los niveles actuales de exigencia para la idoneidad en el ejercicio de las funciones de consejero, director general y asimilados. En materia de honorabilidad, el supervisor valorará la trayectoria profesional, las condenas por delitos dolosos y la existencia de investigaciones fundadas en relación con delitos económicos. Respecto de la consideración de delitos dolosos, el Banco de España podrá recabar la opinión de una comisión de expertos creada al efecto. En cuanto a los requisitos de experiencia se valorará no solo la trayectoria profesional sino también la formación de carácter teórico, en particular en las áreas de banca y servicios financieros. La evaluación abarcará al conjunto del consejo teniendo en cuenta el diferente perfil de sus componentes y no solo de forma individual como hasta ahora.
En materia de buen gobierno no solo se tendrán en cuenta los conflictos de interés derivados de vínculos estrechos o de control entre personas físicas o jurídicas. La no idoneidad se establecerá también en función de la existencia de conflictos de interés por el desempeño de puestos pasados o presentes, relaciones personales y económicas con otros miembros del consejo de administración o el hecho de que un consejero no pueda dedicar suficiente tiempo a sus funciones.
Las entidades dispondrán de un plazo de seis meses para sustituir a los consejeros o directivos que, de acuerdo con los nuevos requerimientos en materia de honorabilidad comercial y profesional, conocimientos, experiencia y buen gobierno, deban perder la idoneidad necesaria para desarrollar sus funciones en la entidad.
Por parte del supervisor, el Banco de España en este caso, y de las propias entidades se establecerá un control continuo sobre el cumplimiento de estos requisitos. Las entidades deberán disponer de unidades y procedimientos internos de forma que puedan llevar a cabo esa evaluación permanente.
Por otro lado, el real decreto realiza el ajuste formal necesario en la regulación de nivel reglamentario tras el traslado al Banco de España de las competencias de autorización y sanción de entidades de crédito. Esta transferencia por parte del Ministerio de Economía se realizó en agosto del año pasado para dar cumplimiento al compromiso reflejado en el Memorandum de Entendimiento (MoU) firmado por las autoridades españolas y europeas el pasado 23 de julio.