España

Denuncian a Mañueco por "prevaricación" al adelantar toque queda en Castilla y León

El denunciante alega como prueba el Real Decreto 926/2020, el Real Decreto 956/2020 y las declaraciones de Salvador Illa referentes a la inexistencia de marco normativo habilitante para llevar a cabo esta medida

  • El presidente de la Junta de Castilla y León, Alfonso Fernández Mañueco.

Un vecino de Ávila ha presentado una denuncia en la Comisaría de la Policía Nacional de la ciudad contra el presidente de la Junta de Castilla y León, Alfonso Fernández Mañueco, al entender que puede haber cometido un delito de prevaricación por aprobar el adelanto del toque de queda a las 20 horas, sin atenerse al decreto del estado de alarma.

Fuentes de la Subdelegación del Gobierno en Ávila han confirmado este domingo a Efe la presentación de esta denuncia a las 20.41 horas del sábado, recibiendo a partir de ahora el trámite ordinario para estos casos.

En el escrito, el denunciante se refiere a unos hechos que tuvieron lugar el mismo sábado, a las 20.00 horas -momento en el que entraba en vigor el nuevo horario del toque de queda- en las calles de la comunidad.

"Posible delito de prevaricación administrativa"

En este sentido, denuncia "la posible comisión del delito de prevaricación administrativa" por parte de Fernández Mañueco, tras el acuerdo adoptado el viernes, que modifica las restricciones de movilidad en la región.

El denunciante alega como prueba el Real Decreto 926/2020, el Real Decreto 956/2020 y las declaraciones del ministro de Sanidad, Salvador Illa, referentes a la inexistencia de marco normativo habilitante para la reducción de los derechos fundamentales a la movilidad a que se refiere el acuerdo del Ejecutivo autonómico.

Se trata de la primera denuncia presentada por un ciudadano contra la decisión adoptada por la Junta de Castilla y León, después de que el Gobierno haya recurrido ante el Tribunal Supremo el toque de queda en la comunidad, adelantado desde las 22.00 a las 20.00 horas, al considerar que se trata de la "restricción de un derecho fundamental no amparada" por el decreto del estado de alarma.

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