España

La 'doctrina Miguel Ángel Blanco' abriría la puerta a investigar 429 atentados terroristas

Dignidad y Justicia recurre la absolución de Iñaki de Rentería acogiéndose a la imprescriptibilidad del delito. La aplicación de esta doctrina implicaría la investigación de otros 429 atentados cometidos desde 1990

  • Marimar Blanco durante su discurso en el homenaje por el 25 aniversario del asesinato de su hermano, Miguel Ángel Blanco -

La causa por el asesinato de Miguel Ángel Blanco puede abrir la veda a investigar otros 429 atentados terroristas cometidos desde 1990, atendiendo a que se trataría de delitos no prescritos. Dignidad y Justicia, que ha apelado a la aplicación de esta doctrina para recurrir la absolución del etarra Iñaki de Rentería, ha aportado a la Audiencia Nacional un listado con 430 atentados cometidos en España y en el extranjero cuya investigación tendría cabida si se aplica el Convenio Europeo de Imprescriptibilidad.

El escrito remitido a la causa, y al que ha tenido acceso Vozpópuli, recoge un listado cronológico de 430 atentados (198 cometidos por ETA y 225 de índole yihadista) a víctimas de nacionalidad española. Se trata de ataques terroristas perpetrados entre 1990 y 2010 que tendrían que investigarse a tenor de la entrada en vigor del artículo 131.3 del Código Penal que recoge que no solo no prescriben los delitos de lesa humanidad y genocidio, sino también los de terrorismo si hubieran causado la muerte de una persona.

Por eso, la asociación, que ha conseguido que se investigue el asesinato de Miguel Ángel Blanco, ha entregado a la Audiencia Nacional este documento con un total de 430 atentados, incluido el del concejal de Ermua. El primer nombre que aparece en la lista es el de Isidro Jiménez Dual. ETA acabó con su vida en enero de 1991 al colocar una bomba lapa en su furgoneta. El último a investigar, por contra, sería el de Ataola Taefik; un intérprete asesinado en un atentado terrorista contra dos guardias civiles en agosto de 2010 en Afganistán.

El listado incluye atentados cometidos en Irak, Afganistán, Yemen y Casa Blanca. También recoge el total de víctimas asesinadas en el 11-M

Además, también incluye siete asesinatos (cinco de los GRAPO y dos del IRA) que serían imprescriptibles. La mayoría de los 430 se han cometido en España (más de 250 en Madrid) aunque 12 se produjeron en Irak, 8 en Yemen, 4 en Casa Blanca y 3 en Afganistán.

Por años el que más atentados engloba es 2004. La asociación que preside Daniel Portero incluye el nombre de las 193 personas asesinadas en los atentados del 11-M de Madrid. De hecho, solo en la capital se recogen un total de 253 asesinatos. Le siguen San Sebastián con 25, Barcelona con 21, o Sevilla con 12. De la provincia de Guipúzcoa se adjuntan 41. Con todo, el documento recoge atentados que ya se indagan en la Audiencia Nacional, como ocurre con el caso del que fuera edil del PP Gregorio Ordóñez o el que tuvo lugar en la casa cuartel de Santa Pola en 2002.

La doctrina Miguel Ángel Blanco

El motivo que aduce el abogado de Dignidad y Justicia, Miguel Ángel Rodríguez Arias, es que se trata de hechos que todavía no están prescritos. El letrado sostiene que en España los asesinatos terroristas y crímenes de lesa humanidad han sido también declarados imprescriptibles por la Ley Orgánica 5/2010 de 22 de junio.

Esta reforma legal, aprobada bajo la presidencia de José Luis Rodríguez Zapatero, introdujo la imprescriptibilidad ante atentados terroristas que hubieran causado la muerte, al menos, de una persona, hecho que se da en el asesinato de Miguel Ángel Blanco (1997). Pero Dignidad y Justicia no solo alude a la legislación española, sino que recuerda la aprobación muchos años antes, en 1974, del Convenio Europeo sobre Imprescriptibilidad.

Manifestación tras el asesinato de Miguel Ángel BlancoEuropa Press

En concreto, se alude al artículo 2.2 del Convenio, según el cual la imprescriptibilidad se aplica también a los delitos cometidos antes de la entrada en vigor de la norma en los casos en que el plazo legal de prescripción no hubiera expirado en ese momento; es decir, que el delito se puede investigar en todos aquellos atentados en los que no hubieran transcurrido 20 años tras la entrada en vigor de la norma.

Teniendo en cuenta que la reforma es de 2010, la aplicación del Derecho Europeo implicaría que se deben investigar los atentados ocurridos desde 20 años antes; es decir, desde 1990. Por ello presentan el listado a la Audiencia Nacional junto con el recurso a la absolución de Iñaki de Rentería. Tanto Dignidad y Justicia como la acusación que ejerce el Partido Popular y la Fiscalía de la Audiencia Nacional han recurrido la decisión del magistrado de no actuar contra él en la causa contra Miguel Ángel Blanco.

Rentería, número 1 de ETA

No obstante, los argumentos son distintos. Dignidad y Justicia se acoge al Convenio Europeo y, en concreto, a su artículo 2.2, para decir que eso mismo ocurre en el caso del secuestro y asesinato al concejal de Ermua en julio de 1997. "Un asesinato perpetrado antes de la introducción en 2010 de la imprescriptibilidad del asesinato terrorista en España sí, pero que precisamente al momento de entrada del artículo 131.3 del Código Penal su previo plazo de prescripción de tan sólo 20 años continuaba abierto", reza.

Por ello pide al juez que actúe contra él, del mismo modo que ha hecho con los otros tres exjefes de ETA cuya imputación pidió la Guardia Civil en su condición de mandos de la banda terrorista. El juez citó como investigados a José Javier Arizcuren 'Kantauri'; María Soledad Iparraguirre 'Anboto' y a Mikel Albisu 'Antza' por planificar este ataque en su condición de miembros del comité ejecutivo de ETA.

"Con toda claridad, y a nuestros efectos de autoría mediata por dominio y comisión por omisión: el querellado Iñaki de Rentería es presuntamente el principal y verdadero autor del asesinato de Blanco, pues muy en particular era él quien ostentaba el máximo mando y dominio de ETA", recoge el recurso.

Por su parte, el Partido Popular apela a la recomendación del Parlamento Europeo del pasado 4 de marzo para reconocer los atentados de ETA como crímenes de lesa humanidad, incluso anteriores a 2004. De esta forma también se considerarían imprescriptible o no amnistiables.

La Fiscalía sostiene que los hechos no están prescritos para el histórico dirigente de ETA, pese a que el magistrado alega la tesis contraria amparándose en que han transcurrido 20 años desde su detención en Francia en septiembre del año 2000. El fiscal de esta causa dice que en los casos de procedimiento ordinario la decisión compete a la Sala de lo Penal y que, teniendo en cuenta la implicación directa de Rentería en el asesinato de Miguel Ángel Blanco, éste no podría declarar como testigo, sino como investigado, gozando así de todas las garantías.

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