El presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, declaró este domingo un nuevo estado de alarma en toda España, regulado por el artículo 116 de la Constitución, como medida para frenar la pandemia del coronavirus. Este precepto permite al Ejecutivo aplicar medidas excepcionales en situación de extrema necesidad.
La tramitación de este tercer estado de alarma será diferente al de la pasada primavera, el primero que vivimos a nivel nacional. El tiempo establecido es de 15 días pero la intención es que se prolongue seis meses, hasta el 9 de mayo de 2021. Por ello, en los próximos días, posiblemente el jueves, habrá una votación para una única prórroga de seis meses para que así los grupos no tengan que estar negociando su duración cada semana como ocurrió con la primera ola de la pandemia de la covid-19.
A continuación te resolvemos algunas de las dudas más frecuentes:
¿Cuándo empieza?
El Boletín Oficial del Estado (BOE) publicó este domingo 25 de octubre el decreto ley del estado de alarma que ha aprobado el Consejo de Ministros extraordinario, -que puedes consultar aquí- y que entró en vigor ayer por la tarde, nada más publicarse.
¿Cuándo acaba?
Termina el lunes 9 de noviembre pero la idea del presidente del Gobierno es que dure seis meses, que se prolongue hasta el 9 de mayo.
Pedro Sánchez ha avanzado que el próximo martes el Consejo de Ministros, éste en sesión ordinaria, aprobará el decreto con la petición al Congreso de una prórroga hasta el 9 de mayo de 2021.
¿Podría terminar antes del 9 de mayo?
Sí, pero no parece que vaya a suceder. Los seis meses que marca el Gobierno obedece a criterios científicos y técnicos. Según los expertos, este es el tiempo necesario para doblegar la curva y frenar el avance de la pandemia del coronavirus.
Sin embargo, Sánchez ha dejado claro que si la evolución de la pandemia es favorable, el estado de alarma decaerá, lo que ya no haría necesario respetar los seis meses.
Si la situación no mejorase o empeorase a pocos días del 9 de mayo, el Gobierno tendría que solicitar al Congreso una prórroga más por el tiempo que estime oportuno. Entonces se abriría la negociación, pero no hasta abril, aproximadamente, ya que la autorización del Congreso debe darse antes de que expire el plazo anterior.
¿En qué se diferencia del primer estado de alarma?
No es como el anterior. La principal diferencia es que no habrá confinamiento domiciliario de la población salvo que así lo decida el presidente de la comunidad autónoma correspondiente. Por ejemplo Cataluña está planteándose implantar un confinamiento domiciliario el fin de semana, para evitar que se salga de casa sábado y domingo.
La petición del Gobierno es que la población se quede en casa lo máximo posible. A menos movilidad, menos contactos y menos posibilidades contagio.
[Cataluña contempla aplicar el confinamiento domiciliario en fin de semana]
¿Se puede salir de casa libremente?
No. Durante el día se podrá salir con cualquier fin, salvo que en tu zona haya un cero perimetral o confinamiento de zona de salud pública (como ocurre en Madrid)- pero por la noche se limitan los movimientos.
[Cómo saber cuál es tu zona de salud básica en Madrid y si estás confinado]
¿De qué hora a qué hora va el toque de queda?
En todo el territorio nacional el toque de queda va de 23:00 horas a 06:00 horas.
Canarias es el la única comunidad autónoma que no está obligada al toque de queda debido a sus buenos datos epidemiológicos.
¿Todas las comunidades autónomas tienen el mismo horario?
No. Cada comunidad autónoma puede adelantar o atrasar la hora de inicio del toque de queda. Así podría empezar entre las 22:00 y 00:00 horas, y terminar entre las 5:00 y las 7:00 horas.
Por ejemplo el toque de queda en la Comunidad de Madrid es de 00.00 horas a las 06.00 horas, como ocurre en la Comunidad Valenciana, Cantabria y Extremadura. En Cataluña, es de 22.00 a 6.00 horas, al igual que en Castilla y León.
Esta limitación deambulatoria nocturna se prolongará los próximos 15 días, hasta el 9 de noviembre, después serán los presidentes autonómicos los que decidan si la mantienen o no según sea la situación de la pandemia en su territorio.
[Estado de alarma: ¿a qué hora es el toque de queda en cada comunidad?]
¿Hay excepciones al toque de queda?
Sí. Durante el toque de queda se puede estar en la calle por las siguientes causas justificadas. Estas serían algunas:
- Ir a una farmacia para comprar medicamentos
- Volver del trabajo
- Regresar a casa
- Cuidar a personas mayores
¿Puedo sacar al perro a partir de las 23:00 horas o salir a correr?
En principio no, salvo que en tu comunidad autónoma concreta se establezca como hora de inicio del toque de queda las 00:00 horas o más tarde de las 23 horas.
¿Me puedo mover dentro de mi comunidad autónoma?
Depende. Cada comunidad decidirá si hay libre circulación en su territorio o si se realizarán confinamientos perimetrales —de barrio, zona de salud básica (como ocurre en Madrid), ciudad, distrito, provincia...— dentro de la propia comunidad.
¿Puedo ir a otra comunidad?
El movimiento a otras comunidades dependerá de si procedes de una zona con confinamiento perimetral o no -de las que no se puede entrar ni salir salvo por causas de fuerza mayor o justificadas- y luego de las restricciones de cada comunidad, ya que esta puede decidir si cierra su territorio a otras autonomías. En caso de que una comunidad cerrase sus fronteras, puede haber desplazamientos solo por causas justificadas como por trabajo, estudios, o motivos médicos.
Si una región decidiese su confinamiento total, ello no impediría que alguien de una autonomía no afectada pueda atravesarla para dirigirse a su destino.
¿Cuántas personas pueden reunirse?
Las comunidades también podrán decidir el número de personas que pueden reunirse. Sin embargo, el límite o el máximo permitido siempre será de seis personas en las reuniones sociales, nunca superior a este número, salvo que sean convivientes.
¿Se podrá celebrar la Navidad?
Todavía es una incógnita, pero lo más seguro es que se tendrán que celebrar las fiestas de Nochebuena y Fin de Año o Nochevieja con los convivientes. El gobierno pretende aprobar el estado de alarma hasta al 9 de mayo. Se prolongaría hasta esa fecha el toque de queda, de manera que a partir de las 23:00 horas no se podría estar en la calle.