España

La Fiscalía trató de frenar la filtración de la declaración de Sánchez: "Carece de sentido y le estigmatizará"

El Ministerio Público sostiene que la entrega de esta diligencia a las partes personadas en la causa contra Begoña Gómez iba a provocar "descrédito en las instituciones" y que no aportaba nada

La Fiscalía trató de evitar 'in extremis' que la declaración de Pedro Sánchez en la causa que se sigue contra su mujer terminara en manos de las partes personadas. El Ministerio Público, que desde el primer momento se ha opuesto a estas diligencias, recurrió a finales de agosto el habitual trámite de dar traslado de la diligencia a las partes.

En un escrito al que ha tenido acceso Vozpópuli, la fiscal Lorena Álvarez Taboada expuso que la entrega a las partes de la declaración como testigo que protagonizó Pedro Sánchez el pasado 30 de julio no solo no tenía sentido, sino que iba a estigmatizar la imagen del presidente del Gobierno. Taboada -que fue la fiscal del caso Neurona contra Podemos- alegó que el silencio que mantuvo Sánchez en esta escueta diligencia era motivo suficiente para no facilitarla.

"La entrega a las partes de una copia de la grabación del presidente del Gobierno del que no pueden extraerse consecuencias procesales, siendo previsible que finalmente aparezcan imágenes en portada de los medios de comunicación, carece de sentido y lo único que generará es una estigmatización del testigo y el descrédito de las instituciones", alegó la Fiscalía.

"Un procedimiento contra su esposa"

Se trata de una petición inusual ya que el juez que instruye los procedimientos da traslado a las partes personadas (acusaciones y defensas) de todas las diligencias que forman parte de un sumario, a no ser que éste se encuentre protegido por secreto. Con todo, el juez Juan Carlos Peinado desatendió la petición de la Fiscalía y terminó convocando a las partes este pasado lunes para facilitarles el contenido de la testifical.

La diligencia no tuvo ninguna consecuencia procesal. ¿O acaso el juzgador considera que pueden extraerse consecuencias procesales de la mayor o menor incomodidad de un testigo, que declara en su domicilio, siendo presidente del Gobierno, en un procedimiento contra su esposa? Escrito de la Fiscalía sobre la declaración de Sánchez

Al igual que se ha hecho con el resto de declaraciones de la causa, el juzgado de Peinado dio traslado de esta testifical que apenas se prorrogó unos minutos. En la misma tiene casi más protagonismo el instructor, ya que Sánchez se limita a dar su nombre y su apellido y a responder que Begoña Gómez, una de las tres personas investigadas en la causa, es su "esposa".

Peinado le preguntó por su relación con las otras dos personas imputadas en el procedimiento: el empresario Juan Carlos Barrabés y el rector de la Universidad Complutense de Madrid, Joaquín Goyache. Sánchez respondió que no tenía relación con ninguno de los dos, pese a que con el consultor aragonés se reunió en Moncloa al menos en dos ocasiones.

Llegados a ese punto, Peinado le recordó que estaba dispensado de declarar sobre todo lo que afectara a su mujer, a tenor de lo dispuesto en el artículo 416 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal. Sánchez cumplió con los pronósticos y le respondió que se acogía a la dispensa. Con todo, el juez hizo un último intento de que colaborase con estas pesquisas, pero el líder del PSOE fue rotundo: "Deseo acogerme al derecho que viene reconocido en la ley".

La Fiscalía defiende a Sánchez: "No tuvo consecuencia"

Su testifical fue una de las últimas diligencias que llevó a cabo el juzgado antes de irse de vacaciones, por lo que fue ya a finales de agosto, cuando la Fiscalía recurrió su decisión intentando evitar que su declaración en el procedimiento penal acabara saliendo en todos los medios.

"La diligencia no tuvo ninguna consecuencia procesal. No pueden extraerse consecuencias del silencio de un testigo. Las reglas Murray respecto de la interpretación del silencio se refieren a los acusados o los investigados, pero en ningún caso a los testigos amparados por el artículo 416 LEcrim", reza la Fiscalía.

De hecho, el Ministerio Público continúa reprochando a Peinado que tendría que haber ponderado los intereses del presidente del Gobierno. "¿O acaso el juzgador considera que pueden extraerse consecuencias procesales de la mayor o menor incomodidad de un testigo, que declara en su domicilio, siendo presidente del Gobierno, en un procedimiento contra su esposa? Ninguna consecuencia puede extraerse", determinó.

La causa, pendiente de la Audiencia

La posición de la Fiscalía no ha sido solo la de evitar que las partes tuvieran acceso a esta testifical, sino que se ha opuesto a que continúen estas diligencias. Al respecto, tanto el Ministerio Público como la propia Begoña Gómez recurrieron un auto del juez para que se la Audiencia Provincial de Madrid la que determine los límites de esta investigación penal.

Los recursos se pondrán sobre la mesa este próximo lunes 30 de septiembre, fecha clave para el devenir de la causa, ya que se juega el futuro de la misma. Con todo, Peinado ya ha conseguido el aval de este órgano superior para que investigue, si así lo considera, todo lo relativo al software de la cátedra de Begoña Gómez en la Universidad Complutense de Madrid.

Begoña Gómez en su primera comparecencia en el juzgado.
Begoña Gómez en su primera comparecencia en el juzgado.

Los magistrados han dado la razón a Hazte Oír, asociación que litiga como acusación popular, y entienden que hay conexidad entre estos hechos y la investigación troncal por los delitos de corrupción en los negocios y tráfico de influencias.

De esta forma, avalan la querella interpuesta por Hazte Oír contra Begoña Gómez por los presuntos delitos de apropiación indebida, administración desleal, malversación y un delito de intrusismo. De aceptar Peinado los hechos recogidos en esta nueva querella, la causa podría ampliar su objeto, a falta de lo que resuelva la Audiencia Provincial de Madrid sobre el futuro de la misma.

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