España

Sánchez pone la Fiscalía al servicio de Puigdemont y recurrirá la inadmisión de su amparo al TC

El Ministerio Público actuará al entender que no había una urgencia que llevase a la Sala de Vacaciones a resolver la petición de suspender la orden de detención nacional que el Tribunal Supremo dictó sobre el expresidente catalán

  • Carles Puigdemont -

La Fiscalía del Tribunal Constitucional (TC) recurrirá en septiembre la decisión de la mayoría conservadora de la Sala de Vacaciones de inadmitir el recurso de amparo que presentó el expresidente de la Generalitat de Cataluña Carles Puigdemont contra la orden nacional de detención dictada por el Tribunal Supremo, lo que forzará el debate en el Pleno del órgano de garantías que, desde el pasado enero, cuenta con una mayoría progresista.

Fuentes fiscales han confirmado a Europa Press que el Ministerio Público actuará al entender que no había una urgencia que llevase a la Sala de Vacaciones a resolver la petición de suspender la orden de detención nacional que el Tribunal Supremo dictó sobre Puigdemont.

Las mismas fuentes han precisado que desde la Fiscalía consideran que no era un asunto que requiriese resolución fuera del Pleno del Constitucional que, cabe recordar, cuenta con una mayoría progresista desde el pasado enero, a diferencia de la Sala de Vacaciones que cuenta con una mayoría conservadora.

En el auto dictado este mismo miércoles por dos votos -los de los magistrados del ala conservadora César Tolosa y Concepción Espejel- contra uno -el de la magistrada Laura Díez del sector progresista- consta que la decisión es recurrible por el Ministerio Público en un plazo de tres días. Se da la circunstancia, sin embargo, de que agosto es un mes inhábil en los tribunales, por lo que la Fiscalía tiene hasta septiembre para decidir si impugna o no la resolución.

La Sala, compuesta por los magistrados Concepción Espejel y César Tolosa (del sector conservador) y Laura Díez (del progresista) ha acordado inadmitir el recurso Puigdemont y el exconseller Antoni Comin, ante "la manifiesta inexistencia de violación de un derecho fundamental tutelable en amparo", según señala el auto notificado este miércoles por el Tribunal Constitucional.

La resolución ha sido dictada por mayoría con el voto particular de la magistrada Laura Díez, que disiente del resto al considerar, con unos argumentos parecidos a los que prevé esgrimir la Fiscalía en su recurso, que esta Sala de Vacaciones no debió resolver por no ser urgente la decisión sobre la suspensión de las medidas cautelarísimas y por considerar que, en su caso, el recurso de amparo debió ser admitido.

La Sala de Vacaciones declaró su competencia para conocer sobre la decisión de admisión del citado recurso de amparo, al venir esta exigida por la necesidad de resolver sobre la solicitud de adopción de la medida cautelarísima solicitada de suspensión de una resolución judicial que ordena la detención e ingreso en prisión.

Por el contrario, la Fiscalía considera que no hay urgencia para que sea la Sala de Vacaciones la que resuelva, si precisamente se deniega la medida cautelar solicitada.

De hecho, en su voto particular, la magistrada del ala progresista sostiene que Puigdemont y Comín no se encuentran en territorio español, "único lugar donde pueden ejecutarse las órdenes decretadas" y que no puede llegar a producirse una vulneración efectiva de derechos que deban protegerse, puesto que desarrollan sus funciones representativas fuera de España y ninguno de los dos se encuentra actualmente privado de libertad.

Por ello dice no entender la "premura" de sus compañeros en la Sala de Vacaciones por decidir sobre un asunto que podía haberse tramitado tras la pausa estival, "siguiendo el sistema ordinario de reparto y resolución de los asuntos en el Tribunal Constitucional".

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