El abogado de la infanta, Miquel Roca, sostiene que "no hay pruebas" del fraude fiscal o el blanqueo de dinero que sostiene el titular del Juzgado de Instrucción número 3 de Palma, José Castro, en su último auto. Pero el magistrado ha presentado una batería de sólidos indicios que comprometen la situación de la hermana del Rey. Fue la propia Audiencia Provincial de Palma la que apuntó a la posible existencia de esas figuras penales. Ahora, Castro suma 29 evidencias que empujan a doña Cristina al banquillo de los acusados, salvo que el propio tribunal de Palma lo impida.
- 2 silencios de la infanta: Son, curiosamente, los silencios de la infanta a las preguntas del juez los primeros que la implican y es algo que el magistrado se encarga de subrayar tras haber recibido 579 "noes" o "no recuerdo" en su interrogatorio. "La sola negación de la evidencia, la interminable apelación a la ignorancia y a la falta de memoria o la gratuita derivación hacia terceros --concluye el juez-- hace imposible justificar" que se la desimpute y descartar el delito. "Si la explicación de esa actitud residía en la confianza, veneración o amor a su marido" es considerado como irrelevante por el magistrado. Ese silencio juega también contra la infanta en su gestión diaria de Noos. El magistrado afirma contundentemente que la infanta calló cuando conoció las irregularidades de su marido. "Hay sobrados indicios de que Doña Cristina de Borbón y Grecia ha intervenido, de una parte, lucrándose en su propio beneficio y, de otra, facilitando los medios para que lo hiciera su marido, mediante la colaboración silenciosa de su 50% del capital social, de los fondos ilícitamente ingresados en la entidad mercantil Aizoon", concluye José Castro.
- 23 facturas irregulares: El juez reconoce que ha renunciado a investigar una infinidad de gastos personales de la infanta Cristina por su "cuantía ridícula", entre las que hay desde compra de una canción en I-Tunes (0,79 céntimos) hasta un disco (7,99 euros), artículos de papelería (32,70 euros), cenas en restaurantes de Barcelona (El Jardí de l'Albadessa, 108,25 euros) y habitaciones en Baleares (352 euros) y que tampoco le ha imputado 37 facturas comunes al matrimonio. Sin embargo, el juez añade que hay un tercer grupo de facturaciones en las que "racionalmente ya no resulta discutible con posibilidades reales de éxito mantener al margen de las mismas a Doña Cristina de Borbón y Grecia". Entre ellas, cita 23 facturas que incluyen las compras de una vajilla de "la Muy Noble y Artística Cerámica de Alcora, S.A.", la compra del mobiliario del salón de la infanta, que costó 138.834 euros o la compra de un cuadro de 4.400 euros en la que los galeristas hacen constar que es un pedido personal de la hija del rey Juan Carlos.
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Entre las facturas, Castro hace constar el gasto de 9.820 euros en cortinas, 4 libros de Harry Potter y uno sobre Creatividad, la compra a Movistar de un Iphone exclusivo, las facturas de los globos para un cumpleaños, la contratación de un animador infantil y la contratación del mimo Pep Bou por 7.888 euros. Castro desmonta con esas facturas la teoría del desconocimiento sobre el que construyó su defensa doña Cristina. El magistrado afirma, tras analizar los recibos, que "Doña Cristina de Borbón y Grecia debió participar activamente en la organización de eventos de incontestable afección personal. Si ella no los abonó de su propio peculio y debiera saber que tampoco lo hizo su marido, no pudo pasársele por alto que lo fueron por la entidad mercantil participada por ambos" y cita como prueba las clases de merengue o las sesiones de "coaching" que doña Cristina cargó a Aizoon. "Si, como se predica hasta la saciedad, quien los recibió no ejercía función alguna de dirección en Aizoon S.L., mal podía ésta asumir su coste", remata.
- 2 contratos de las empleadas de hogar para Aizoon: El magistrado muestra cierto estupor al relatar cómo en la contratación de los empleados del hogar "intervino personalmente Doña Cristina de Borbón y Grecia, anunciando a los aspirantes, cuya situación irregular en España le era conocida, que de ser contratados se les abonarían sus salarios en 'negro' (...) haciendo figurar después como empresa contratante a Aizoon S.L. cuando los empleados nunca prestaron sus servicios para tal entidad". El magistrado aporta dos facturas de 464 euros cada una por el concepto de "selección de personal". Esas contrataciones refuerzan la tesis del juez de que el matrimonio intentaba defraudar impuestos cargando a la empresa gastos personales.
- 1 Contrato de auto-alquiler: El auto-alquiler de su vivienda en Balmes que fue fijado como sede de la sociedad mercantil Aizoon que Urdangarín y su esposa constituyeron es la prueba número 24 que incrimina a la hermana del Rey. "El contrato de arrendamiento que obra en la causa fue suscrito personalmente por ella, no sólo en su calidad de arrendadora, que era obligada por la cotitularidad del inmueble sino también en la de arrendataria", recalca. Constituyó, por tanto, "un nuevo cauce para el vaciado de fondos, cauce en el que directamente intervino activamente Doña Cristina de Borbón y Grecia", concluye el juez. El magistrado aporta multitud de facturas "cuyo importe se ingresaba en la cuenta de la que era titular su marido pero en la que ella tenía firma autorizada".
- Contratos ficticios: Otra de las evidencias que el juez usa para imputar a la infanta y a su marido se basa en que "se idearon simulaciones contractuales para trabajaos que nunca se habrían de realizar". El objetivo de esa práctica, concluye el magistrado, es "hacer uso de los incentivos fiscales legalmente previstos para entidades de reducida dimensión sobre la base de aparentar falsamente incrementos sustanciales de plantilla". Esa práctica fue inicialmente denunciada por Hacienda que se corrigió a sí misma para evitar la imputación de doña Cristina. El magistrado incluye en ese esquema maniobras como la de la reforma del palacete de Pedralbes y remacha: "Los trabajadores, desde los menos a los más cualificados, se adscribían caprichosamente a las distintas empresas con independencia de para cuál de ellas prestaran materialmente servicios, dato éste que ni ellos mismos conocían y cuando, a fines inconfesables convenía, se pasaban de unas a otras".
La conclusion del juez a la vista de las 29 evidencias es que el matrimonio creó "un cauce para el vaciado de sus fondos, cauce en el que directamente intervino activamente Doña Cristina de Borbón y Grecia, no solamente porque así se desprende de las facturas que a título personal ha venido librando durante un dilatado periodo de tiempo sino porque los contratos fueron suscritos personalmente por ella", concluye el magistrado que responsabiliza a la hermana del Rey de dos delitos de fraude fiscal y uno de blanqueo de capitales.