España

Justicia trabaja en la contrarreforma del 'solo sí es sí' sin volver a escuchar a su órgano asesor

Miembros de la Comisión General de Codificación descartan que se les haya convocado para estudiar el cambio y avisan de que la reforma afectará solo a las violaciones que se produzcan tras su entrada en vigor

  • La ministra de Justicia, Pilar Llop -

La contrarreforma en la que trabaja el Ministerio de Justicia para corregir la Ley de 'solo sí es sí' tampoco va a contar con el criterio de su órgano asesor. Fuentes de la Comisión General de Codificación confirman que el departamento que dirige Pilar Llop no les ha convocado para pedirles criterio alguno en relación a este nuevo texto con el que se buscaría elevar las penas para los casos en los que exista violencia.

Las fuentes consultadas por Vozpópuli matizan que no se ha recurrido a ellos en este tiempo, pese a que desde el Ejecutivo defienden que esta nueva modificación legal se haría contando con expertos y catedráticos especializados en violencia sexual. La Comisión en cuestión se erige como el órgano asesor de Justicia en lo que respecta a la redacción de textos prelegislativos y son plenos conocedores de esta reforma del Código Penal en tanto ya trabajaron en un borrador sobre este asunto.

Este medio informó en noviembre de que una treintena de juristas de reconocido prestigio (más de la mitad de ellos mujeres) trabajaron en el marco de esta Comisión General de Codificación para elaborar el borrador sobre una posible reforma del Código Penal. El encargo se lo efectuó el Gobierno del PP a tenor del revuelo social generado con la primera sentencia de La Manada, que condenó por abuso sexual la violación a una joven en las fiestas de San Fermín de 2016.

Justicia escucha ahora su criterio

Los expertos trabajaron desde 2018 en varios borradores y finalmente plasmaron sus conclusiones en uno que el ya Ejecutivo de Pedro Sánchez nunca tuvo en cuenta. Se da la circunstancia de que el criterio de la Comisión acerca de una eventual reforma de los delitos contra la libertad sexual es el que ahora parece predominar en Justicia para tratar de poner coto a todas las rebajas de condenas a violadores, que a última hora de este lunes ascendían a 338.

Básicamente lo que debatieron los expertos fue la posibilidad de reformar el ya extinto delito de abuso sexual y el de la agresión. Se debatió acerca de si mantener la tipicidad separada o, por el contrario, establecer un único delito contra la libertad sexual. Una mayoría optó por esta segunda opción aunque respetando en todo momento la proporcionalidad de las penas. Justo lo contrario a lo que se ha hecho con la ley del 'solo sí es sí'.

La violencia como eje del cambio

La Comisión General de Codificación no hizo alusión alguna al consentimiento (que sí recoge la nueva norma) al considerar que ya estaba implícito en el antiguo texto. Además, también acordaron que las agresiones sexuales con violencia o intimidación conllevaran una pena mayor. Y ese es precisamente el punto que ahora mismo Justicia plantea cambiar, en detrimento del Ministerio de Igualdad.

Irene Montero accedía a última hora de este lunes a que se aumenten las penas mínimas de la ley, aunque insiste en que el "corazón" de la misma (lo relativo al consentimiento) no se toque. Fuentes de Justicia consultadas por este medio niegan que se vaya a tocar una coma sobre ello, de manera que se mantendría que "solo se entenderá que hay consentimiento cuando se haya manifestado libremente mediante actos que expresen de manera clara la voluntad de la persona".

Actual redacción del articulo 178 del C.P

Sin embargo los expertos consultados restan importancia y aseguran que esa parte de la norma no aporta nada. Así pues, el foco está ahora en volver a la antigua redacción de 1995 que diferencia la agresión sexual en función de si se comete o no con violencia. La actual norma de Montero entiende que no debe haber diferencia y por ello equipara las penas.

No frenarán las excarcelaciones

En la actualidad el artículo 178 contempla penas de prisión de uno a cuatro años por agresión sexual y matiza: "Se considera agresión sexual los actos de contenido sexual que se realicen empleando violencia o abuso". La consecuencia directa de entenderlo así ha sido que se igualan los dos supuestos y salen ganando los violadores que sí cometieron violencia (dado que las penas mínimas se rebajan y se le tienen que aplicar porque les beneficia).

Al respecto los expertos de la Comisión cuyo borrador hizo decaer el Ministerio de Justicia de Dolores Delgado ya abogaban por mantener la diferencia entre agresión sexual sin violencia ni intimidación de aquellas en las que sí se aprecia, ya que la horquilla de penas en el segundo caso es más elevada.

Por eso, y a raíz de todo el revuelo social que suscita la nueva norma, Justicia trabaja a contrarreloj en una proposición de ley para elevar las penas en los casos en los que hay una clara violencia. El objetivo prioritario es frenar las reducciones de condenas de las violaciones más graves. Ese es precisamente el escenario que se está dando día tras días en los tribunales de todo el país en donde se aplica la nueva norma siempre y cuando es más beneficiosa para el reo (en cumplimiento del artículo 2.2 del Código Penal).

Con todo, hay que tener en cuenta que este nuevo texto no tendrá efecto alguno en los casos cuyas condenas se revisan, así como en aquellos en los que están pendientes de enjuiciamiento. Las fuentes consultadas precisan que la reforma solo afectará para aquellos que delincan a partir del momento en que la misma se publique en el BOE.

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