El Juzgado de lo Contencioso número 1 de Burgos ha ratificado este viernes la orden de la Junta de Castilla y León que limita los movimientos hacia y desde Aranda de Duero (Burgos) como medida preventiva para la contención de la covid-19 y ha establecido un plazo de siete días que se podrán ampliar.
Según ha informado la oficina de comunicación del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, la orden se valida para un periodo inicial de siete días, si bien se fija que, dos días antes de finalizar el plazo, se tendrá que facilitar información actualizada de la situación al órgano judicial, que evaluará en ese momento la continuación o no de la medida.
En ese informe, según la resolución del Juzgado, el responsable del servicio de localización y rastreo deberá incluir la situación de los focos actuales así como los indicios que tenga de la existencia de otros no detectados.
El Juzgado admite en su escrito que la decisión adoptada ayer por la Junta de Castilla y León se debe efectivamente a un "incremento muy significativo" del número de contagios por covid-19 que ha pasado de 22 a 230 desde el 27 de julio.
No son necesarios 14 días
El juzgado considera que por el momento no es necesario un confinamiento de 14 días como pedía la Junta de Castilla y León porque "los servicios sanitarios funcionan con normalidad" y pide a la Administración autonómica que refuerce los mecanismos de identificación y localización de personas infectadas para imponer las medidas individuales de confinamiento necesarias.
De esta forma, el juez indica que, si antes de los 14 días, la Junta de Castilla y León pudiera tener un conocimiento "razonable" del origen de los focos y localizar y aislar a los afectados, las medidas generales "deberían decaer".
El juez argumenta al respecto en el auto que "es mucho lo que se les está pidiendo a los ciudadanos de Aranda de Duero y no puede ser menos el esfuerzo de la Junta de Castilla y León al respecto".