La Audiencia de Bizkaia ha rebajado de 13 años y medio a 11 años y un día la pena de un hombre condenado por violar desde la infancia a un primo suyo, en base a la nueva ley del solo sí es sí.
En un auto fechado el 20 de diciembre, ese tribunal ha atendido a la petición del hombre que solicitó que revisara su pena en base a la nueva legislación más favorable al reo.
En su solicitud, exponía que un caso como el suyo, un delito de agresión sexual con acceso carnal cualificado con agravantes, a una persona en situación de especial vulnerabilidad de la víctima y en prevalimiento de una situación de convivencia o parentesco, tenía antes asignada una penalidad de entre 12 y 15 años de duración.
Pero, "ahora se sanciona con penas de entre 7 y 15 años", ha constatado el tribunal en el auto, y así, en su límite inferior, añade la resolución, "lo que antes eran 12 años ahora son 7 años". Siguiendo ese cálculo, "lo que antes suponía una pena de 13 años, seis meses y un día, ahora supone una pena de 11 años".
En el caso mencionado, el hombre fue condenado el 19 de junio de 2018 como autor de un delito continuado de agresión sexual a una persona especialmente vulnerable, y tanto el Ministerio Fiscal como la acusación particular se opusieron a esa revisión de la pena, pero el tribunal vizcaíno no ha compartido esos argumentos y ha resuelto aplicar la legislación más favorable.
El penado había violado "en numerosas ocasiones" a su primo desde que la víctima tenía 5 años hasta que fue mayor de edad. Además, la sentencia consideró probado que el hombre amenazaba, insultaba y golpeaba a la víctima para conseguir su propósito sexual, aprovechándose además de que tenía problemas de salud mental y de la coincidencia de ambos en el domicilio familiar en Barakaldo