España

La Audiencia Nacional confirma las medidas cautelares al extesorero y seguirá sin poder salir del país

El auto del tribunal confirma la obligación de Bárcenas de comparecer cada 15 días y desestima la prescripción de delitos como pedía su defensa. Así, la Audiencia Nacional da validez a las medidas cautelares que el juez Ruz impuso al extesorero. 

La Sección Cuarta de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional ha confirmado las medidas cautelares que el juez Pablo Ruz impuso el pasado 25 de febrero al extesorero del Partido Popular (PP) Luis Bárcenas, y ha recordado a su defensa que "ninguna resolución judicial ha apreciado" la posibilidad de que los delitos que se le imputan hayan prescrito.

En un auto, el tribunal confirma la obligación de Bárcenas de comparecer cada 15 días en la Audiencia Nacional y la prohibición de salir del territorio nacional, al tiempo que recuerda que en los autos que ha dictado el tribunal se desestima la prescripción de los delitos de blanqueo de capitales, cohecho y fraude fiscal que indiciariamente se le atribuyen.

La resolución, de la que ha sido ponente la magistrada Carmen Paloma González, rechaza el argumento de la defensa de Bárcenas, que esgrimió que nunca se le habían impuestos medidas cautelares desde que comenzó a ser investigado en febrero de 2009, y señala que sería "insólito" que "iniciada una causa e imputado un presunto responsable por un hecho, más adelante, avanzada la tramitación, la imputación fuera distinta".

El auto avala las imputaciones

De igual modo, señala que los delitos fiscales que se le atribuyen están avalados por la comisión rogatoria enviada por Suiza, que revelaba que tenía "una importante suma de dinero en cuentas no declaradas fiscalmente en España"; las declaraciones de testigos y varios informes de la Agencia Tributaria que obran en la causa.

En relación con el delito de cohecho, el tribunal sostiene que está fundamentado a partir de un supuesto cobro de 72.000 euros que percibió como senador en 2007, las declaraciones de otros imputados y determinadas conversaciones telefónicas que constan en el procedimiento.

La imputación por blanqueo de capitales se justificaría, según el tribunal, a partir de la adquisición de obras de arte, la obtención de un crédito de 325.000 euros en diciembre de 2002 que fue devuelto en enero del año siguiente, su participación en el proyecto 'Twain Jones' a través de una empresa británica y su relación con la Fundación Sinequanon, que llegó a acumular 22 millones de euros en el Dresdner Bank de Ginebra.

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