Madrid

Condenan a un hombre a casi 300 años de cárcel por abusar sexualmente de 23 niñas en Madrid

El condenado aprovechó que padres de su pueblo le confiaban a sus hijas para recogerlas del colegio y cuidarlas para abusar de ellas, grabarlo y difundirlo en una red de pedófilos

  • Entrada a la Audiencia Provincial de Madrid -

La Audiencia de Madrid ha condenado a casi 300 años de prisión al acusado de abusar de 23 niñas de entre 4 y 13 años en Colmenar de Oreja (Madrid), grabar los hechos y difundirlos, después de que el procesado reconociera en el juicio los hechos, por los que no obstante estará un máximo de 20 años en la cárcel.

El condenado había reconocido en el juicio, respondiendo escuetamente "sí" a la fiscal, que aprovechó que varios padres de su pueblo, todos de nacionalidad rumana como él, le confiaban a sus hijas para que las recogiera del colegio y las cuidara hasta que podían ir a por ellas, y él aprovechaba para abusar de las niñas, grababa los hechos y difundía las imágenes en grupos de WhastApp y en una red de pedófilos.

Alegó que es alcohólico desde joven y pidió perdón a las víctimas y a sus familias, pero la Sala no le aplica ninguna eximente en la condena.

Según ha informado el Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) este miércoles, la Sección Quinta de la audiencia madrileña le condena como autor de seis delitos continuados de elaboración y distribución de pornografía infantil, ocho delitos de elaboración y distribución de pornografía infantil, cuatro delitos continuados de abuso sexual con penetración, dos delitos continuados de abuso sexual sin penetración, tres delitos de abuso sexual con penetración y cinco delitos de abuso sexual sin penetración.

También le condena por un delito de tenencia y distribución de pornografía infantil y nueve delitos de descubrimiento de secretos, con la concurrencia de la circunstancia agravante de abuso de confianza en los delitos cometidos sobre seis menores.

Había instalado cinco cámaras para grabar los abusos, que compartió conforme quedó acreditado en el juicio, y además varios testigos corroboraron los hechos.

La Sala establece indemnizaciones a algunas de las víctimas que oscilan entre los 10.000 y los 20.000 euros, y entre los 2.000 y los 3.000 euros para cada uno de los padres.

Además en la sentencia, de 66 páginas, se decreta el decomiso del material informático incautado que contenga archivos de pornografía infantil, así como la imposición al ahora condenado del pago de las costas procesales, incluidas las de las acusaciones particulares.

Condenado por abusar sexualmente de 23 niñas

La condena, que va en línea con la petición de pena que defendía la Fiscalía sobre las 23 menores -al iniciar el juicio eran 24 pero un caso decayó-, es recurrible ante la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Madrid.

Dimitru R.N. fue arrestado en julio de 2018, cuando tenía 46 años, en la denominada 'operación Balrog' de la Policía Nacional, después de que la Policía de Queensland (Australia) compartiera en la base de datos International Child Sexual Exploitation (ICSE), gestionada por INTERPOL, unas grabaciones con abusos a menores en España. El nombre de la operación se debe a los demonios que describió Tolkien en sus libros.

El ahora condenado permanece en prisión desde entonces, y ahora el tribunal considera probado que abusó de las menores y al registrar su casa se encontraron "numerosos archivos con fotografías y vídeos relativos a menores de edad en claros y explícitos comportamientos sexuales, siendo algunos de ellos especialmente degradantes y vejatorios, apareciendo las menores siendo penetradas anal y/o vaginalmente por el acusado".

Había instalado cinco cámaras para grabar los abusos, que compartió conforme quedó acreditado en el juicio, y además varios testigos corroboraron los hechos.

Los magistrados consideran que "no es posible la aplicación de circunstancia atenuante alguna" dado que aunque Dumitru "presentaba un hábito alcohólico" continuado, sin embargo "no se aprecia en él patología psíquica con incidencia o alteración de sus facultades cognoscitivas y volitivas ni afectación en relación a los hechos enjuiciados". 

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