No todos los vehículos podrán acceder al interior de la M30. El Ayuntamiento de Madrid comienza a multar telemáticamente a los turismos con calificación ambiental A (vehículos diésel matriculados antes de 2006 y vehículos gasolina matriculados antes de 2000) que accedan o circulen por el área de la Zona de Bajas Emisiones (ZBE), una vez que finalizó este domingo el periodo de aviso, recoge Europa Press.
La entrada no permitida a las zonas de bajas emisiones constituye una infracción grave desde el pasado 21 de marzo, cuando entró en vigor la nueva Ley de Tráfico y Seguridad Vial. Así se dispone en los artículos 18 y 76. z3), estableciéndose una sanción de 200 euros.
El periodo de aviso de Madrid ZBE finalizó este domingo después de haberse ampliado en marzo la fase informativa de esta zona con acceso restringido para ofrecer mayor seguridad jurídica a los ciudadanos ante los últimos ajustes realizados en el sistema, ya que podrían haberse producido sanciones indebidas.
Madrid ZBE entró en vigor el 1 de enero y hasta el 9 de abril inclusive se han remitido 56.653 cartas informativas a los infractores, especificándoles las razones que han motivado su regulación, la fecha prevista para su efectiva operatividad y la cuantía a la que habría ascendido la sanción.
El Ayuntamiento ha indicado que la media de accesos diarios en Madrid ZBE hasta el 9 de abril se ha situado en 185.843 vehículos; la media de accesos diarios indebidos ha ascendido a 942, un 0,51% del total.
Condiciones para entrar en Madrid con coche
El calendario de limitación de Madrid ZBE a los vehículos turismo con clasificación ambiental A de las categorías por criterio de utilización 00 (sin especificar), 02 (familiar) y 33 (todoterreno) afecta a aquellos vehículos que a fecha 1 de enero de 2022 no estén domiciliados en la capital en el Registro de Vehículos y no figuren en el padrón del Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica (IVTM) del Ayuntamiento de Madrid o vayan a dejar de estarlo en un momento posterior.
¿Se puede circular por la M30?
De esta forma, desde el 1 de enero de 2022, queda prohibido el acceso y circulación a los turismos A por las vías públicas urbanas del interior de la M30, excluyendo la propia M30.
¿Cuándo se prohibirá circular por la M30?
A partir del 1 de enero de 2023, quedará prohibido su acceso y circulación también por la M30.
Asimismo, a partir del 1 de enero de 2024, quedará prohibido su acceso y circulación por todas las vías públicas urbanas del municipio de Madrid.
Y desde el 1 de enero de 2025, la prohibición de 2024 se extiende también para los turismos A domiciliados en Madrid y que figuren de alta en el padrón del IVTM del Ayuntamiento. Tampoco podrán acceder ni circular por la capital los vehículos A que no sean turismos (camiones, furgonetas, motocicletas y ciclomotores).
Excepciones en las limitaciones
No están sujetos a estas limitaciones los vehículos que, aun no cumpliendo las condiciones anteriores:
- Sean conducidos por o para trasladar a personas titulares de tarjeta de estacionamiento para personas con movilidad reducida, especialmente adaptados o no, siempre que se den de alta en el sistema de gestión de accesos a 'Madrid Zona de Bajas Emisiones' y exhiban la respectiva tarjeta de estacionamiento para personas con movilidad reducida.
El Consistorio ha recordado que la solicitud permite obtener, en un mismo trámite, el alta en el sistema de gestión de accesos de todas las zonas de bajas emisiones: Madrid ZBE y las ZBEDEP Distrito Centro y Plaza Elíptica.
- Tampoco afecta a los vehículos A que no sean turismos (camiones, furgonetas, motocicletas, ciclomotores, salvo las limitaciones establecidas para las ZBEDEP Distrito Centro y Plaza Elíptica) ni a los vehículos que tengan reconocida la consideración de 'históricos' conforme a la normativa correspondiente (Reglamento de Vehículos Históricos).
- Por otro lado, los vehículos con clasificación B y C, Cero y ECO pueden entrar, estacionar y circular sin limitaciones en la zona interior de la M30 (salvo las establecidas por Madrid Distrito Centro para los B y los C).
- Quedan exentos hasta el 1 de enero de 2025 los vehículos A destinados a distribución urbana de mercancías.
Limitaciones en 2025
A partir del 1 de enero de 2025, únicamente podrán acceder aquellos vehículos especialmente adaptados para ser conducidos por o para el traslado de personas con movilidad reducida, siempre que figuren de alta en el sistema de gestión de accesos a Madrid ZBE y exhiban reglamentariamente la respectiva TEPMR.
Asimismo, podrán entrar en Madrid ZBE los vehículos que tengan reconocida la consideración de históricos conforme a lo dispuesto en el Real Decreto 1247/1995, de 14 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Vehículos Históricos. También están exentos los vehículos de emergencias (extinción de incendios) y fuerzas armadas.
Ayudas para la renovación de vehículos
La Junta de Gobierno aprobó el pasado días 21 el segundo paquete de ayudas 'Cambia 360' para la renovación de vehículos particulares. Este año, el área de Medio Ambiente y Movilidad, que dirige Borja Carabante, ha duplicado el crédito de las subvenciones, elevándolo de los 5,5 millones de euros de 2021 a los 10,5 millones.
Cuándo se pueden solicitar ayudas para vehículos
Las ayudas se podrán solicitar a partir del próximo 13 de mayo en los concesionarios adheridos. Con este incremento del presupuesto se pretende acelerar la eliminación de los vehículos más contaminantes de la ciudad, uno de los objetivos recogidos en la Estrategia de Sostenibilidad Ambiental Madrid 360.
En esta edición, se han reservado tres millones de euros para la adquisición de vehículos CERO emisiones, permitiendo a los solicitantes obtener 6.000 euros por la adquisición de un turismo de estas características.
Para la compra de vehículos ECO se ha previsto un crédito de siete millones de euros, estableciendo una ayuda de 3.000 euros por solicitante. Estas cantidades se incrementarán en 2.500 euros adicionales si se achatarra un vehículo de clasificación ambiental A.
Por su parte, para la compra de vehículos de clasificación ambiental C hay un crédito total de subvenciones de 500.000 euros. Se podrán percibir 2.500 euros siempre que se entregue un vehículo A para achatarrar de manera obligatoria.
Un 10% más de ayuda
Las cantidades subvencionables se pueden incrementar de manera acumulable un 10% si concurren ciertas circunstancias personales del beneficiario, tales como ser familia numerosa o, en caso de discapacidad con movilidad reducida, si se adquiere un vehículo adaptado.