Así consta en el recurso, al que ha tenido acceso Europa Press, en el que se reclama acordar la suspensión inmediata de la eficacia del Acuerdo de la Junta de Gobierno de 27 de junio de 2019 por el que se establece un periodo de aviso en relación con el acceso a la Zona de Bajas Emisiones Madrid Central.
Los colectivos sostienen que dicho acuerdo "desactiva virtualmente" Madrid Central y "priva de toda eficacia la regulación y limitación del tráfico viario en el ámbito de Madrid Central".
A las puertas de los Juzgados situados en el número 19 de la calle Gran Vía se han acercado responsables de sendas organizaciones ecologistas, así como miembros de la Plataforma en Defensa de Madrid Central con pancartas en las que se podía leer 'Menos coches=Aire Limpio o 'En apoyo a Madrid Central'.
El recurso se interpone por parte de Ecologistas en Acción y Greenpeace, estando abierto a otras entidades. Sin embargo, la plataforma en Defensa de Madrid Central no puede sumarse jurídicamente al no tener entidad jurídica, según han explicado a Europa Press fuentes del colectivo.
El coordinador de Ecologistas en Acción y portavoz de la plataforma, Paco Segura, ha explicado que el recurso se presenta con el respaldo de otras plataformas ecologistas, recalcando que utilizarán cualquier recurso, entre ellos la presión social y movilizaciones pacíficas, para frenar está "sin razón" porque "Madrid necesita aire limpio".
"Hay que cumplir la normativa de calidad del aire para preservar la salud de los madrileños. Cada día, casi mueren quince personas en la ciudad de Madrid por la mala calidad y no se puede hacer política baja y partidista. Lo pelearemos con todo tipo de acciones sociales pacíficas", ha recalcado.
Moratoria hasta el 1 de octubre
Además, ha criticado que el alcalde y la vicealcaldesa, Begoña Villacís, se comprometieran ayer a que el próximo 1 de octubre entrarán en vigor las multas, pero a la salida el delegado del Área de Medio Ambiente y Movilidad, Borja Carabante, mantuvo que era "un compromiso que no estaba cerrado".
"Si realmente hubiera compromiso se habrían convocado ya las comisiones técnicas que existen. Estamos en julio, ¿Cuándo lo van a convocar? Si las hay, participaremos para que no se descafeíne demasiado Madrid central que es lo que tememos", ha aseverado.
Adrián Fernández, responsable de movilidad de Greenpeace España, ha recalcado que el Ayuntamiento ha demostrado tras la reunión de ayer que se ha impuesto sin tener ni un solo, plan e idea de cuales son los cambios que quieren hacer. Por tanto, entiende que esta moratoria es una situación de incertidumbre, mas allá de que se puede entrar en coche contaminante sin recibir ningunas sanción.
El abogado de Ecologistas, Jaime Doreste, ha explicado que el recurso viene acompañado con una solicitud de medidas cautelarísimas que se adoptan por urgencia sin escuchar a las partes y se interpone por la necesidad de urgencia de esta medida por el empeoramiento de la calidad del aire.
Por su parte, la letrada de Greenpeace, Lorena Ruiz Huerta, ha indicado que su argumento se basa en que el Ayuntamiento de Madrid "no tiene un título habilitante" para acordar este acuerdo de Junta de dejar sin efecto la imposición de multas porque el artículo "en el que se basa ya se había aplicado con anterioridad a la entrada en vigor de Madrid Central".
"No tiene ningún motivo legal para imponer este acuerdo de suspensión", ha subrayado, a lo que ha añadido que se trata de una cuestión de aplicar principio de precaución por la urgencia de cambio climático. "Quedan pocos años para frenar el calentamiento de dos grados. No son tiempos para andar con tonterías para suspender este tipo de medidas, que en este caso era muy básica y que se ha acordado en 300 ciudades europeas", ha reseñado.
Daño ambiental
El recurso se basa en "la lesión de los intereses generales urbanísticos y territoriales" que se produciría de ejecutarse de forma inmediata el citado acuerdo", alegando como motivos "la importancia de la calidad del aire y la situación de la ciudad de Madrid".
"La solicitud y adopción de una medida cautelar de suspensión de la eficacia de un precepto no es una medida excepcional, sino una medida normal englobada en el derecho a la tutela judicial efectiva de esta parte recurrente desde el punto y medida que esta guarda proporción y relación con la pretensión que se ejercita en el procedimiento", recoge el recurso.
"En definitiva, el daño ambiental, especialmente si es grave, irreparable o si es evitable por existir alternativas menos gravosas, debe ser evitado; y es en el incidente de medidas cautelares donde ese principio de prevención tiene su reflejo procesal", concluye.