El borrador del anteproyecto para modificar la ley 36/2015 de Seguridad Nacional, al que ha tenido acceso Vozpópuli, incluye la obligación de las administraciones públicas de indemnizar "con lo dispuesto en las leyes" ante una requisa "temporal" de todo tipo de bienes, así como en el caso de una "intervención u ocupación transitoria de los que sean necesarios" y, en su caso, de una "suspensión de actividades".
"Quienes como consecuencia de estas actuaciones sufran perjuicios en sus bienes y servicios, tendrán derecho a ser indemnizados de acuerdo con lo dispuesto en las leyes", según se indica en el nuevo artículo 28 sobre la 'Participación del sector privado en la contribución de recursos a la Seguridad Nacional' que el Ejecutivo quiere introducir en la ley.
En dicho artículo, se subraya que los ciudadanos y las personas jurídicas están sujetos "al deber de colaborar, personal o materialmente, en la situación de interés para la Seguridad Nacional", en caso de requeridos por "la autoridad competente" que designe el Consejo de Seguridad Nacional. El Gobierno se ampara en el artículo 30.4 de la Constitución que señala que los españoles tienen el derecho y el deber de defender España y que permite regular mediante una ley "los deberes de los ciudadanos en los casos de grave riesgo, catástrofe o calamidad pública".
En este tipo de situaciones, cualquier persona mayor de edad estará "obligada" a la realización de las "prestaciones personales" que exijan las autoridades competentes "sin derecho a indemnización por esta causa", así como al cumplimiento de las "órdenes e instrucciones", generales o particulares, que aquellas establezcan.
Además, ante la aportación de recursos humanos y materiales, tanto públicos como privados, en una situación de interés para la Seguridad Nacional, el Ejecutivo subraya que la selección de estos recursos "se basará en los principios de contribución gradual y proporcionada a la situación que sea necesario afrontar, y de indemnidad".
Coordinación con las CCAA
Al hilo de ello, el nuevo redactado de la ley (leer al final de la noticia) señala que la organización de la contribución de recursos a la Seguridad Nacional será una tarea del Consejo de Seguridad Nacional, si bien tendrá que haber una "coordinación" con las Comunidades Autónomas. Así, tanto las regiones como las entidades locales colaborarán en la elaboración de los "planes de preparación y disposición" de recursos humanos y medios materiales necesarios para las situaciones de crisis, de manera que la tarea no recae en exclusiva en el Gobierno central sino que es colectiva.
"Las diferentes Administraciones Públicas, a través de sus órganos competentes, dispondrán de un sistema de identificación, evaluación y planificación de medios y recursos correspondientes a sus respectivos ámbitos competenciales, para hacer frente a los posibles riesgos o amenazas a la Seguridad Nacional", se hace hincapié.
En plena pandemia del coronavirus, el Gobierno creó en octubre del año pasado la llamada Reserva Estratégica basada en las Capacidades Nacionales de Producción Industrial (RECAPI) y planteó la conveniencia de crear un órgano interministerial para su coordinación en forma de Centro de Coordinación y Promoción de la Industria Estratégica.
La RECAPI se enfocará, subraya el Ejecutivo, en aquellos "sectores estratégicos" de la industria que en su opinión son "imprescindibles" para el bienestar y seguridad de los ciudadanos y el funcionamiento de la industria y de la economía española ante la activación de una situación de crisis. En concreto, se mencionan "componentes electrónicos, materiales estratégicos, maquinaria de alta tecnología, aeronáutica, semiconductores, química esencial, equipos agrarios avanzados, tecnología de la comunicación o equipos sanitarios, entre otros".
El borrador que modifica la ley de Seguridad Nacional incluye la puesta en marcha de una red de "comunicaciones especiales" en Presidencia del Gobierno, en la que se incluirá la información del Catálogo de Recursos del Sistema de Seguridad Nacional junto con los planes de preparación y disposición de recursos y el procedimiento de disposición. "A través de esta Red no se tratarán datos de carácter personal", se hace hincapié en el artículo 29.
Excepción en Transparencia
Más controvertida es la nueva disposición adicional quinta sobre el carácter de la información del Sistema de Seguridad Nacional ya que establece que los documentos y la información que se manejen en estos escenarios de crisis "quedan excluidos del derecho de acceso a la información pública" a través del Portal de la Transparencia, si bien fuentes gubernamentales subrayan que esta excepción ya está incluida en la propia ley de Transparencia.
Precisamente, las compras más significativas de material sanitario en los primeros meses del primer estado de alarma están en el ojo del huracán pues todos ellos se gestionaron a través del Ministerio de Transportes que dirigía José Luis Ábalos con un único proveedor de confianza.
Tal y como indicó este periódico, el departamento de Ábalos se demoró meses antes de dar los detalles de estas controvertidas contrataciones. Si ahora se aprobase esa disposición adicional, no se podrían conocer este tipo de contratos en los plazos que establece la ley de Transparencia.
También se reitera que los medios de comunicación "colaborarán con las autoridades en la difusión de informaciones preventivas y operativas" en situaciones de crisis -ya estaba en el redactado de la ley de 2015-, así como la suspensión de los movimientos de capitales con el exterior y la posibilidad de que firmas foráneas puedan hacerse con empresas estratégicas españolas que pasen por dificultades económicas.