El Tribunal Supremo ha confirmado la condena de doce años de prisión impuesta a un hombre por matar y descuartizar a un vecino tras una pelea en junio de 2011 en un edificio ocupado ilegalmente situado en el número 16 de la calle de Paer Casanovas de Lleida y arrojar los restos del cadáver a un río.
En una sentencia el alto tribunal rechaza el recurso del condenado, Cruz Javier D.L.S., contra la dictada por el Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Cataluña, que confirmó la de la Audiencia Provincial de Lleida tras el veredicto de culpabilidad del jurado.
La Audiencia declaró probado que el condenado residía en el primer piso del inmueble y la víctima, Pedro José M.R. en el tercero y que sobre las dos de la tarde del 24 de junio de 2011 una dotación de la Guardia Urbana de Lleida medió en una pelea entre ambos que se produjo en la esquina de las calles de Paer Casanovas y Alfred Perenya durante la que ambos se estaban agrediendo y amenazando.
El homicidio
Añadió que entre las doce del mediodía del 26 de junio y la madrugada del día siguiente el condenado agredió a Pedro José M.R. con un arma blanca en la habitación que este ocupaba en la tercera planta del edificio.
"Cruz Javier D.L.S, después de haber matado a Pedro José M.R. arrastró el cadáver por las escaleras hasta el piso situado en la primera planta en la que él residía y allí lo descuartizó", relata la sentencia.
Agrega que el condenado arrojó la noche del 26 al 27 de junio los restos del cadáver al río Segre a su paso por el Parque de la Mitjana de Lleida.
Y recuerda que a partir del 3 de julio de 2011 fueron apareciendo en el pantano de Utxesa y en el Parque de la Mitjana de Lleida diversas partes del cadáver, concretamente de las piernas, una mano, un brazo y el cráneo así como ropa manchada de sangre.
La sentencia explica que el 27 de junio Cruz Javier D.L.S. pidió a un hombre que era pareja de su hermana, O.C., que le comprara un billete de avión para viajar a la República Dominicana debido a que le iban a expulsar de España ante lo que el segundo hizo una reserva con su tarjeta en un locutorio de la calle Nord de Lleida.
Añade que siendo ya conocedor O.C. de que Cruz Javier D.L.S. había matado a Pedro José M.R. y para ayudarle a huir le llevó en un vehículo la madrugada del 28 de junio al aeropuerto de Barcelona pero el condenado no consiguió coger el vuelo hasta el día siguiente tras acompañarle nuevamente aquel.
12 años de cárcel
La Audiencia condenó a doce años de cárcel a Cruz Javier D.L.S. por un delito de homicidio pero le absolvió del de profanación de cadáver del que también fue acusado y absolvió a O.C. de encubrimiento.
Para el Supremo "un dato clave es el hallazgo de la sangre de la víctima en casa del condenado, además de en distintos lugares del inmueble, que evidencia la mecánica de llevarla a otro sitio para realizar el acto de descuartizarla, todo ello sumado a los indicios que quedan probados tanto por el tribunal del jurado (la Audiencia Provincial de Lleida) como por el TSJ de Cataluña".