La Sala Segunda del Tribunal Supremo ha rechazado a trámite este lunes una denuncia contra la ministra de Igualdad, Irene Montero, por un delito de malversación en relación a una campaña de su ministerio por el Orgullo LGTBI del pasado mes de junio. El Supremo, de acuerdo con el informe del fiscal, archiva la denuncia al no apreciar ilícito penal alguno.
En un auto, ponencia del magistrado Miguel Colmenero, el TS recuerda que al Gobierno le corresponde la dirección de la política interior, y para ejercer la función ejecutiva (artículo 97 de la Constitución) tiene a su alcance la disposición de los fondos públicos, y "que tanto en uno como en otro aspecto, el entendimiento del mundo y de la sociedad, y la consiguiente promoción de los valores que, según la ideología que se defienda, se consideren dignos de protección, permite a cada opción política orientar el empleo de aquellos fondos con esas concretas finalidades".
En ese marco, el tribunal considera que las discrepancias políticas no deben trasladarse al ámbito penal: "La discrepancia respecto del acierto o de la oportunidad de la forma concreta en que se empleen, ha de tener su respuesta en el campo político, sin que pueda ser trasladada al ámbito penal, reservada para las infracciones más graves de las normas de convivencia, tipificadas como delito en el Código Penal".