La reforma exprés del Constitucional que plantea el Gobierno de Mariano Rajoy para detener las pretensiones independentistas de Artur Mas tiene un claro precedente en Austria, donde la Constitución recoge expresamente que el alto tribunal puede deponer presidentes regionales.
Había que encontrar una fórmula rápida y limpia con el fin de poder parar los pies al actual president de la Generalitat en el caso de una declaración soberanista unilateral tras el 27S. Máxime después del despropósito ocurrido con la consulta del 9N. Así que el camino escogido por el Ejecutivo popular ha sido éste. Bajo el supuesto de que "concurrieran circunstancias de especial trascendencia constitucional", la reforma que ahora se intenta aprobar a toda prisa incluso contempla la posibilidad de que se adopten ipso facto las medidas necesarias para asegurar el debido cumplimiento, sin ni siquiera oír a las partes. O lo que es lo mismo, permitiría apartar de inmediato a Artur Mas si intenta independizarse por su cuenta y riesgo.
"Se trata del único órgano que no tenía capacidad para que se cumplan sus dictámenes. De esta forma podrá suspender a las autoridades o empleados públicos que contravengan sus resoluciones. Podrá sancionarlos con hasta 30.000 euros notificándolo con nombre y apellidos, lo que revestirá una alta carga intimidatoria. Además, contará con todo el poder supletorio de la Jurisdicción Contencioso-administrativa. Y hasta podrá delegar en el Gobierno para que se apliquen sus conclusiones. En el fondo no es más que dotar al Constitucional de más instrumentos para que se garantice el orden. No sólo para cortar en seco una deslealtad como la de Mas. También para que se acaten aquellas sentencias del Constitucional que la Generalitat no respeta", sostienen varias voces del Partido Popular.
La Carta Magna austriaca
De poco importa que el Tribunal Constitucional austriaco también sea en principio un órgano sin capacidad ejecutiva. Incluso si la acusación entraña consecuencias penales, el TC de Austria se encarga de vigilar todas aquellas acciones por las que se exija "responsabilidad constitucional". En concreto, el artículo 142.1 de la Carta Magna austriaca reza: "El Tribunal Constitucional conocerá de las acusaciones por las que se exija responsabilidad constitucional a los órganos superiores nacionales [de la federación] y regionales, por infracciones de ley cometidas, mediando culpa, en el ejercicio de sus cargos".
Y a continuación, del mismo modo que en la proposición de Ley Orgánica del grupo popular, en el 142.4 se añade la capacidad para suspender al alto cargo en cuestión: "El Tribunal Constitucional podrá sancionar con la pérdida del cargo y, en casos de especial gravedad o trascendencia, con la pérdida temporal de los derechos políticos del imputado (…)".
Por último, el 143 de la Constitución austriaca deja meridianamente claro el papel preponderante del alto tribunal ante este tipo de hechos: "El Tribunal Constitucional tendrá la competencia exclusiva en aquellos casos comprendidos en el anterior artículo 142, aún cuando la reclamación incluya aspectos penales, siempre que estos aspectos penales deriven o estén en relación con el cargo o institución que representa el demandado".
"Había que hacerlo. No existía el formato y parece algo muy lógico cuando se trata de una materia tan sensible y en la que se busca celeridad", explica una fuente jurídica
Semejante articulado también ha inspirado a los constitucionalistas alemanes, que han adoptado una batería de modificaciones parecidas en su ordenamiento jurídico.
"Había que hacerlo. No existía el formato y parece algo muy lógico cuando se trata de una materia tan sensible y en la que se busca celeridad. El único pero que se me ocurre se resume en que la elevada contaminación política del tribunal puede restarle credibilidad a su puesta en práctica", explica una fuente jurídica consultada.
Otros juristas en cambio consideran que esta iniciativa es muy del estilo de Rajoy: "En Alemania y Francia no se admiten constitucionalmente los partidos independentistas y nadie se alarma por ello. Por el contrario, aquí sí que se aceptan pero sin que se les conceda una vía legal para encauzar sus aspiraciones como en Canadá o Reino Unido. Tan sólo podrían lograrlo cambiando sí o sí la Constitución. De modo que en la práctica lo tienen imposible. Lo 'rajoyano' de esta medida estriba en que en realidad ya existe un delito por segregación que podría aplicarse con todas las consecuencias. Sólo que esta respuesta probablemente se antoje demasiado dura para el presidente del Gobierno y podría ahondar en el ya de por sí inflado victimismo. De ahí que hayan optado por esta fórmula en el fondo más suave", comentan.