Desde que se declaró el primer estado de alarma el 14 de marzo para combatir el coronavirus han sido muchos los críticos con las restricciones adoptadas por el Ejecutivo. ¿Derechos fundamentales como la libertad de movimiento se pueden suspender bajo el paraguas de esta figura o se sitúan mejor dentro del estado de excepción y de sitio? Esa es la gran duda que está a punto de resolver el Tribunal Constitucional.
En el vídeo que precede a estas líneas, la redactora de tribunales de Vozpópuli, Gema Huesca, explica qué puede suceder si finalmente este órgano declara inconstitucionales las medidas adoptadas durante el estado de alarma.