Medios

María Teresa Campos tiene que pagar a Aznar y Botella 60.000 euros por 'divorciarles'

El Tribunal Supremo ratifica que la periodista vulneró el honor y la intimidad del matrimonio. La antigua 'reina de la televisión' habló sobre una separación entre ambos que nunca se produjo. 

Los reyes también se equivocan. Incluso, algunos hasta piden perdón. No sabemos si la antigua reina de televisión, María Teresa Campos, va a disculparse con el matrimonio que forman José María Aznar y Ana Botella. Sí sabemos que se equivocó, y muy gravemente, cuando en 2007 habló de la supuesta separación de ambos políticos. Ahora los tribunales han estipulado que la periodista vulneró los derechos al honor y la imagen del matrimonio y le obliga a pagarles 60.000 euros. Nunca un divorcio nonato salió tan caro en televisión. 

Los hechos ocurrieron en noviembre de 2007. En un programa de la emisora Punto Radio, Campos se refirió a la hipotética separación entre Aznar y Botella. Los afectados llevaron el asunto a los juzgados. Primero la Audiencia Provincial de Madrid y ahora el Tribunal Supremo les han otorgado la razón. 

Más en concreto, y según un comunicado emitido por el propio matrimonio, la Sala Primera del Tribunal Supremo ha confirmado la condena a la informadora por atentar contra el derecho al honor y la intimidad de José María Aznar y Ana Botella. La periodista tendrá que abonar 60.000 euros al matrimonio por daños morales, así como las costas causadas por los recursos. La sentencia, que se hace efectiva este jueves 19, desestima los recursos interpuestos por María Teresa Campos ante la sentencia anterior, que daba la razón al matrimonio Aznar-Botella en su demanda contra la periodista por sus declaraciones sobre la supuesta separación matrimonial de los afectados.

El auto reafirma la sentencia anterior y establece que “la libertad de información no puede en este caso prevalecer sobre el derecho al honor y a la intimidad personal y familiar de los demandantes, pues el grado de afectación del primero es inexistente y el grado de afectación de los segundos es de gran intensidad”. Asimismo, concluye “desestimar el recurso extraordinario por infracción procesal y el recurso de casación interpuestos por María Teresa Campos contra la sentencia de 11 de febrero de 2011, dictada en grado de apelación por la Audiencia Provincial de Madrid, con expresa imposición de las costas causadas por ambos recursos a la parte recurrente y la pérdida de depósitos constituidos”.

Al ser consultada por la agencia Efe, María Teresa Campos no se ha pronunciado por el momento sobre este espinoso asunto. 

Apoya TU periodismo independiente y crítico

Ayúdanos a contribuir a la Defensa del Estado de Derecho Haz tu aportación Vozpópuli