Mémesis

¿Son legales los memes?

  • La mayoría de los memes, fotomontajes y gif animados que circulan por las redes sociales infringen de algún u otro modo la Ley de Propiedad intelectual o la del derecho al honor y a la intimidad.
  • Te enseñamos qué puedes hacer y qué no cuando te entran ganas de participar en el meme del momento.

  • Memes sobre una foto con derechos

El 30 de septiembre de 1880 aparecía en Londres una pintada de sangre en la pared al lado de uno de los cadáveres de Jack el destripador: «The Jews are the men That Will not be Blamed for nothing». ‘Los judíos son los hombres que no serán culpados sin motivo’. Las autoridades quisieron borrar el grafiti por su antisemitismo pero la policía obligó a mantenerla porque suponía una evidencia muy útil para esclarecer el crimen… hasta hoy.

Los memes hoy, como el grafiti ayer, son una herramienta que utiliza la sociedad para comunicarse libremente sin tener en cuenta, muchas veces, las normas, las leyes o los derechos de autor a través de plataformas que hoy por hoy van más deprisa que la ley que pretende regularlas. Una pelea entre legalidad y libertad que, como en el grafiti de Jack, sigue vigente hoy.

¿Es legal coger una foto, un vídeo o un dibujo no-se-sabe-muy-bien-de-dónde, modificarlo, y publicarlo en una red social al alcance de cualquiera? ¿Qué pasa cuando un meme se ha viralizado y el autor reclama sus derechos?

 

 

Las fotos

Un meme es un contenido viral que va mutando por la participación de muchos usuarios. Ese contenido se basa en una foto, un vídeo o incluso un texto original que se va transformando al pasar por distintas manos. Pero si ese contenido original no es legal o está sometido a los derechos de autor toda la obra derivada está afectada por la norma.

https://twitter.com/CarteleraPLTK/status/757927210720296962

 

Si la foto ha sido publicada en redes sociales por una agencia, medio o un particular está sometida a las normas de esa red social que permiten su uso (que sea compartida con Rts o similar) dentro de esa misma red social. Y se permite modificarlas (según la Unión Europea) como excepción al derecho de autor, siempre que exista en la parodia una manifestación humorística no relativa a la obra original. Es decir, utilices la obra para otro mensaje.

Pero además toda foto u obra lleva unos derechos asociados al autor por el simple hecho de ser responsable de su creación e independientemente de dónde se publiquen luego.

Significa esto, por ejemplo, que si publicamos una foto en Twitter sacada de otra red social (Facebook) o de la televisión (pantallazo) sin pedir permiso al autor o dueño de sus derechos de explotación estamos infringiendo la Ley de propiedad Intelectual aunque la televisión, o la otra red social estén también abiertas al público.

Significa esto que tampoco podemos publicar en Youtube mashups o mezclas de vídeo y música o material de televisiónes o películas protegidos con derechos.

Significa esto también que si cogemos una foto que ha publicado una agencia, un medio o un particular en Twittter o Facebook y la difundimos nosotros en esa misma red social no estamos infringiendo ese mismo derecho siempre que lo hagamos con las herramientas que proporcionan las redes para compartirlas ya que cuentas con la permisividad del autor al aceptar las condiciones de uso de la misma. Las fotos publicadas en Twitter no son de libre uso. En realidad, si queremos hacer un meme con una foto vista en Twitter hay que pedir permiso (mencionando) a la cuenta original antes de modificar la imagen.

 

Significa también que si ese medio, agencia o particular retira esa foto original de la red social (se arrepiente) y te exige que retires el meme, o la foto que has republicado en esa misma red social debes hacerlo. Twitter, por ejemplo, ha cerrado cuentas de usuarios que han publicado pantallazos de tweets que ya han sido borrados por un autor arrepentido.

Aún así hay argumentos legales a favor de los memes. Si se utiliza una foto sacada de esa misma red social y el meme no se ríe de la obra artística original, se considera que existe una excepción al derecho de autor, es decir hay una manifestación humorística permitida porque la intención no es hacer daño a la obra original. Hay sentencias europeas al respecto aunque depende del país y la legislación de origen; como siempre muy por detrás de las herramientas de comunicación social.

https://twitter.com/laralopez_16/status/755419802265673728

 

Según Sergio Carrasco abogado de Derechoenred la excepción de parodia no es siempre aplicable y no todos los memes están amparados. Según él suelen tolerarse pero si una empresa o particular demanda por una foto con derechos que se convierte en viral en twitter tras modificaciones de los usuarios podría reclamar a la red social que las borre todas.

Respecto a la protección como obra en sí, las normas que resultarán aplicables son las existentes que regulan la propiedad intelectual. En el caso de los memes únicamente cambiamos el soporte respecto al grafiti, pero los requisitos establecidos para su protección, y su alcance, provendrán del mismo texto.

Un grafiti de Banksy puede ser hoy una obra de arte muy cotizada pero, según la Ley, eso no le protege más: "Respecto al derecho de la integridad de la obra, difícilmente podra exigírsele que no se borre su pared, por ejemplo, dado que en origen la obra se ha fijado en la misma sin su autorización", nos recuerda Sergio.

Borrar un grafiti es fácil pero retirar todos los memes de Internet es una tarea prácticamente imposible. En 2010 la productora Constantin Films, dueña de la película El Hundimiento, hizo una reclamación de copyright a Youtube por todas las parodias que había sobre la famosa escena de Hitler en el búnker. El resultado fue decenas de usuarios subiendo nuevas parodias que todavía pueden verse hoy. Un efecto Streisand de libro que demuestra que la aplicación estricta de la Ley no funciona en las Redes Sociales. 

 

El mensaje

Pero ¿Basta con cumplir las condiciones de uso a la hora de utilizar una obra original para estar dentro de la Ley?  Rotundamente no.

Si cogemos una foto de algún medio o particular en una red social para hacer un meme que incluye un mensaje denigrante o insultante para una persona física o jurídica podemos estar cometiendo un delito de odio, contra el honor o intimidad de la persona referida, aunque el uso de la foto sea absolutamente legal.

Eso sí, solo si la persona injuriada te denuncia puede prosperar la demanda. Por ese desconocimiento nos quejamos muchas veces de la incoherencia de la justicia a la hora de juzgar a unos y otros. Tiene que haber por medio una denuncia para que que exista la judicialización de la ofensa; con la excepción en España de los delitos de apología del terrorismo que podrá entrar de oficio la fiscalía.

Tampoco puedes subir cualquier cosa que grabes tú a la red para hacer un meme. Aunque tú seas el dueño del contenido original.

Por ejemplo, un viral (sin modificación) que está incumpliendo la Ley Orgánica 1/1982, sobre protección civil del derecho al honor y a la intimidad personal por las intenciones del mensaje:

 

El autor del vídeo está grabando en el metro sin su consentimiento a una pareja y una tercera persona con el propósito de reírse o denigrar a terceros. Aunque suponga un espacio público solo se pueden tomar imágenes de otros sin su consentimiento si se puede apreciar interés científico, histórico o cultural relevante (LO 1/1982, art. 8.1). O si por ejemplo, la persona te está mirando a la cámara y ofrece un consentimiento implícito a la acción (aunque también podría retractarse). En cualquier caso será un juez el que decida, y en este caso el autor de este tweet tendría todas las de perder. El problema es que es muy complicado que la mujer afectada sepa que la han utilizado.

 

 

La conclusión

La mayoría de memes y parodias que circulan por las redes sociales son, con la ley vigente en la mano, ilegales aunque es casi imposible aplicar la norma por la amplia distribución de las imágenes, su viralidad y el desconocimiento en el origen de las mismas. Eso no quita que empresas demanden arbitrariamente a particulares para defender derechos de representados o que particulares exijan personalmente la restitución de los suyos.

Pero muchas de las empresas no lo hacen porque es imposible eliminar todo el material y el prejuicio a su imagen por el intento es mayor que el beneficio que sacan para sus representados.  Entendiendo esta ‘vista gorda’ cuando las redes sociales usan el material como instrumento para comunicarse o expresar una opinión (que muchas veces les beneficia) no como una herramienta para sacar rédito económico.

     

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