Motor

Más negocio para las autoescuelas: por cada suspenso, la DGT obliga a dar cinco clases

A partir del 15 se septiembre entra en funcionamiento un nuevo examen de conducir que introduce muchos cambios. Alguno, suena más a negocio, como la obligatoriedad de recibir cinco clases más después de cada examen suspendido

  • A partir del 15 de septiembre, cada suspenso en el examen de conducir conlleva obligatoriedad de cinco clases más.

La DGT va a introducir a partir del próximo 15 de septiembre diversas modificaciones en el examen de conducir, entre otras cosas para adaptar el mismo a las nuevas tecnologías que incorporan los turismos de última generación especialmente en materia de ayudas a la conducción. Y es que en los últimos diez años muchos han sido los sistemas que se han ido desarrollando y que influyen sin duda en la conducción, facilitando en muchos casos la misma.

Pero si en algunos puntos se busca adaptarse a los nuevos tiempos, en otros parece que el afán recaudatorio sigue siendo un aspecto que marca y mucho el proceso de sacarse la licencia de conducir, un sistema que en países como EEUU apenas supone 50 dólares –o menos en muchos casos– sin necesidad de recibir clases y conducir durante un cierto periodo de tiempo acompañado de alguien que supere los 21 años de edad, en España hay todo un negocio montado alrededor del carné de conducir con matrículas, tasas de exámenes y obligatoriedad de recibir sepas o no conducir un número de clases que supera las 20 ó 30 en la mayoría de los casos… y renovarlo todo cuando suspendes un par de veces.

Y precisamente en este aspecto uno de los que más controversias va a generar, pues desde el día 15 de septiembre cuando un alumno suspenda el examen práctico de conducir deberá recibir otras cinco clases extras para poder presentarse de nuevo al examen. Además, también sufrirá alguna que otra variación, como el establecimiento de unos plazos mínimos para poder presentarse a más de una convocatoria.

Nuevas tecnologías

Otro aspecto que introduce como novedad la DGT es que permitirá el uso de algunas ayudas a la conducción como el asistente de aparcamiento o el arranque en pendiente. La llegada de las nuevas tecnologías al automóvil en forma de asistentes a la conducción ha llevado a la DGT a tenerlas en cuenta variando su anterior postura y decidiendo permitir, a partir del 15 de septiembre, una serie de sistemas de ayuda a la conducción en los vehículos de examen destinados a la obtención del permiso de conducción. De este modo la DGT incorporará, a partir de esta semana de septiembre, novedades en la parte práctica de las clases y los exámenes del carné de conducir relacionadas con las nuevas tecnologías en el coche.

La DGT ha accedido, por un lado, a que las autoescuelas dispongan de vehículos con los últimos asistentes aplicados a la seguridad y las ayudas a la conducción; por el otro, los alumnos de estas podrán hacer uso de ellas en las clases y el examen para sacarse el carné de conducir. Por ejemplo, en las maniobras de aparcamiento a partir de septiembre los alumnos podrán aprovecharse de los ya habituales sistemas de ayuda como las cámaras traseras o los sensores de distancia. Otras tecnologías que los alumnos deberán conocer y saber utilizar son el sistema de ayuda de arranque en pendiente, el sistema y el aviso de frenada de emergencia, el sistema Start-Stop o la alerta de tráfico cruzado.

Aun así, los examinadores también procurarán que los futuros conductores sepan realizar las maniobras como la del aparcamiento sin necesidad de estas ayudas. Si los sistemas se pueden desconectar, se hará para comprobar que los alumnos también saben hacerlo por ellos mismos, tanto con las ayudas como sin ellas.

El examinador podrá preguntar al alumno cómo se desactivan algunos elementos como el encendido automático de luces o limpiaparabrisas, que siempre incluye un modo manual por estar expuestos a posibles averías. Por otro lado, de esta forma también despejan las dudas a las autoescuelas a la hora de adquirir determinados vehículos que incorporan los últimos sistemas en seguridad activa.

Si durante el desarrollo de la prueba cualquiera de los mandos mencionados, o ambos, se activara, no se aplicará ninguna penalización. La DGT contempla que puede darse el caso de que en la aproximación a un túnel o paso inferior con la obligación para los conductores de circular con el alumbrado de corto alcance, el sistema actúe una vez rebasada la señal en cuyo caso tampoco se aplicará ninguna penalización. Si durante el desarrollo de la prueba el sistema de activación automática de alumbrado no se activase, siendo necesario por la falta de visibilidad, el aspirante deberá hacerlo manualmente. Si no lo hiciese, el examinador lo calificará como falta leve.

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