España

Los fiscales del 'procés' informan a García Ortiz en contra de la amnistía y niegan que tenga encaje la malversación

Los cuatro fiscales del Supremo que han liderado la causa contra el 'procés' trasladan a su superior jerárquico que la amnistía no libra a los fiscales de la malversación, pero sí de los otros delitos

Primer escollo para la ley de amnistía apenas minutos después de aprobarse en el Congreso de los Diputados. Los fiscales del 'procés' han trasladado a su jefe, Álvaro García Ortiz, que la medida de gracia que pretende borrar una década de procés no tiene encaje en lo que respecta a la acusación por malversación por la organización de la consulta soberanista en Cataluña.

Los cuatro fiscales que acusaron por rebelión a los condenados del procés se oponen de esta forma a la ley de amnistía en un informe que han entregado al fiscal general del Estado en el marco de la reunión que han mantenido esta mañana para coordinar el criterio del Ministerio Fiscal en la que respuesta que se dé a la amnistía.

Fuentes jurídicas confirman a Vozpópuli que el Tribunal Supremo será el que asuma las riendas de la actuación judicial sobre la amnistía cuando la ley que beneficia a Carles Puigdemont, Oriol Junqueras y decenas de líderes independentistas se publique en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Será entonces cuando la Sala Segunda del alto tribunal solicite a las partes que informen acerca de la aplicación de la norma.

Mantener la orden de detención

En ese sentido, los fiscales del procés (Fidel Cadena, Javier Zaragoza, Consuelo Madrigal, Jaime Moreno) han remitido un borrador de informe a García Ortiz en el que avisan de que la malversación -a diferencia de los delitos de desobediencia y desórdenes públicos- no tiene encaje en la norma que acaba de aprobarse en la cámara baja.

Al respecto han precisado que las resoluciones del Tribunal Supremo consideran perfectamente compatible la desviación de fondos de su destino con la aprobación de fondos que se regula en el artículo 432.1 del Código Penal. De las dos modalidades de malversación se atribuye a Puigdemont y al resto de procesados en rebeldía, así como a los condenados la activa de la apropiación, no la pasiva.

En relación con la orden de detención que acordó el magistrado instructor del procés, Pablo Llarena, contra Carles Puigdemont, los fiscales sostienen que se trata de una medida cautelar que no debe alzarse por el momento. Cabe recordar que estos fiscales acusaron por rebelión a Oriol Junqueras y el resto de líderes independentistas que fueron juzgados y condenados por la Sala de lo Penal del alto tribunal.

La ley que impulsó el Gobierno en connivencia con sus socios de Junts y ERC busca amnistiar todos los delitos por los que estos 12 líderes independentistas fueron condenados además de los que se le atribuyen a Carles Puigdemont y sus exconsejeros Lluís Puig y Antoni Comín, procesados en rebeldía. En relación con Clara Ponsatí, el alto tribunal le redujo la acusación al delito de desobediencia y concluyó el sumario en julio del año pasado.

Las lagunas de la ley de amnistía

Pese al compromiso del Gobierno con sus socios independentistas la ley tiene que pasar ahora por el filtro de los tribunales. Las dudas que planteará la ejecución de esta ley en las causas sobre el procés y otras derivadas independentistas abren la puerta a que se interponga recurso de inconstitucionalidad ante el Tribunal Constitucional y que se plantee cuestión prejudicial ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE).

Ahora bien, los cambios en el texto de la norma desde su redacción inicial han propiciado que su aplicación genere dudas, siendo los fiscales del procés los primeros que han advertido sobre el delito de malversación. Precisamente, el Ejecutivo, antes de impulsar la amnistía, rebajó la pena relativa a este tipo penal y eliminó la sedición, lo que tuvo efectos inmediatos en el procesamiento de Carles Puigdemont.

Llarena procesó a Puigdemont por rebelión y malversación de dinero público que fue destinado a la preparación del referéndum ilegal. Con la reforma del Código Penal, el magistrado retiró el delito de sedición y le procesó por desobediencia. La malversación, por contra, la mantuvo intacta al considerar que la reforma impulsada por el Gobierno de Pedro Sánchez no afecta a estos hechos en el sentido de minorar la pena por la que fueron procesados.

De mantenerse el criterio que defienden los fiscales del procés, la aplicación de la amnistía se complicaría no solo para Puigdemont, sino también para Junqueras, a quien el Supremo le modificó la condena por delito de desobediencia en concurso medial con malversación. No obstante, le mantuvo la inhabilitación 13 años, lo que le impide presentarse a cargo público hasta 2031.

Directrices del fiscal general

A raíz del dictamen de la Comisión de Venecia, el texto que hoy ha visto la luz modificó su redacción en relación a los delitos de malversación y se diferenció entre las acciones que pueden amnistiadas y los actos de corrupción, "a los que no es aplicable tal medida". "La presente norma especifica que sólo los actos de malversación dirigidos a los fines mencionados en la ley pueden acogerse a ella, excluyendo expresamente aquellos que implican un enriquecimiento personal o beneficio patrimonial", reza el textual de la proposición de ley que se modificó en marzo.

La amnistía determina que solo pueden beneficiarse aquellos actos en que "los fondos públicos se destinaron a la preparación, realización y consecuencias" de la consulta del 9-N que impulsó Artur Mas y el referéndum ilegal del 1-O que propició Puigdemont, "así como los que se destinaron a reivindicar, promover o procurar la independencia de Cataluña".

La norma está redactada de tal forma que bajo su paraguas se pueda englobar no solo el procés, sino otras causas como la que se sigue en la Audiencia Nacional contra los CDR, la que se impulsó en el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña contra Josep María Jové y Lluís Salvadó por el 1-O, o Tsunami Democràtic. Estas últimas diligencias se han partido en dos, de manera que una parte se mantiene en la Audiencia Nacional y la otra, que afecta a Carles Puigdemont, se derivó al Tribunal Supremo al tratarse de una persona aforada por su condición de europarlamentario.

Con todo, la Fiscalía General del Estado ya ha movido ficha y está tratando de trazar un criterio común para responder a la ley. García Ortiz ya solicitó hace meses a las fiscalías superiores de Cataluña como de otros territorios con causas amnistiables que remitieran sus pesquisas para abordar una respuesta común.

En ese sentido García Ortiz se ha reunido esta mañana con los jefes de Penal de las Secciones del Tribunal Supremo y este viernes hará lo propio con los fiscales superiores y provinciales de Cataluña, según las fuentes consultadas.

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