España

La ayuda extra para la pensión por la brecha de género que también pueden cobrar los hombres

Te contamos los requisitos que hay que seguir para poder solicitar este nuevo complemento para la pensión, que tiene como objetivo reducir la diferencia entre sexos

  • Nueva ayuda para la pensión -

Todas las medidas que se aprueban desde las administraciones públicas que afectan a la pensión de los jubilados se examinan al milímetro. Este asunto es un auténtico quebradero de cabeza para cualquier gobierno, ya que la tercera edad es un sector de la población con mucha voz y mucho voto. En la última década, ha habido mucha polémica con las políticas sobre el mantenimiento de la hucha de las pensiones.

Otro tema delicado que ha estado en el debate político es el de la igualdad de género. Romper esa brecha que separa a hombres y mujeres se ha convertido en una de las tareas fundamentales para el Ejecutivo. Se trata de una misión que no solo afecta a nuestro país, sino que también repercute en los gobiernos del resto de países del mundo. Reducir la diferencia entre sexos es uno de los objetivos que marca la Agenda 2030 de la ONU.

La Seguridad Social tiene puesta en práctica una nueva ayudad que consiste en complementar la pensión de los jubilados con el objetivo de reducir la brecha de género. A continuación, te contamos los requisitos que hay que cumplir para poder solicitar este complemento que apuesta por la igualdad en la pensión de hombre y mujeres.

Estas son las condiciones para pedir la nueva ayuda de la pensión

Este complemento de la pensión beneficia a todos aquellos hombres y mujeres que reciban una pensión contributiva de jubilación. También se beneficiarán aquellos casos específicos como incapacidad permanente o viudedad a partir del 4 de febrero del año 2021. La medida entró en vigor y se publicó en el Boletín Oficial del Estado (BOE) el 3 de febrero de hace dos años y establece ciertas pautas a seguir para poder solicitar la ayuda.

Los hombres tiene que cumplir los siguientes requisitos. La primera de ellas, la obligación a reconocer a la Seguridad Social una pensión de viudedad cuando ha fallecido la otra progenitora de los hijos que tengan en común. Otro aspecto que tienen que acreditar es la pensión contributiva de jubilación o incapacidad permanente que dependen de la fecha de nacimiento o de adopción de sus hijos.

En caso de que hayan nacido o sido adoptados hasta el 31 de diciembre de 1994, hay que demostrar haber tenido más del 120 días sin cotizar entre los nueves meses de gestación y los tres años posteriores al nacimiento. Si los hijos han nacido o sido adoptados desde el 1 de enero de 1995, la suma de la cotización durante los 24 meses posteriores tiene que superar el 15%.

El nuevo complemento para la pensión de muchos de nuestros mayores es de 30,40€ mensuales por cada hijo, lo que supone que un máximo de 121,60 euros ya que esta ayuda solo puede cobrarse en cuatro ocasiones.

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