España

El 'caso Déborah' se cierra provisionalmente: el ADN del exnovio no coincide con el analizado por la investigación

El que fuera pareja de la joven viguesa hallada muerta en 2002 era el único sospechoso

  • Déborah Fernández-Cervera -

La magistrada del Juzgado de Instrucción número 2 de Tui ha acordado el sobreseimiento y archivo provisional del caso en el que se investigaba la muerte de Déborah Fernández-Cervera, la joven viguesa cuyo cadáver fue hallado el 10 de mayo de 2002 en una cuneta en O Rosal (Pontevedra) por falta de indicios incriminatorios contra su expareja, el único investigado.

La jueza explica en el auto, notificado este viernes, que las pruebas no son suficientes para "hacer una imputación verosímil de un hecho delictivo concreto”, a los efectos de incoar el procedimiento ante el Tribunal del Jurado. De esta forma, concluye que “no constan indicios plurales y contundentes” para dicha imputación.

Los familiares de la víctima han anunciado que, una vez el auto sea firme, convocará una rueda de prensa para exponer todo lo sucedido en estos 22 años y facilitarán "cuantos datos sean necesarios para que sea la sociedad la que valore lo ocurrido”.

En 2019, el caso Déborah se reabrió gracias al trabajo de la familia, que insistió en conocer qué pasó entre la desaparición de Déborah en Vigo, el 30 de abril de 2002, y la aparición de su cadáver, 10 días después en O Rosal; sin embargo ninguna de las diligencias practicadas ha permitido hasta ahora llegar a conclusión alguna.

En la resolución, la jueza destaca que “ni los testimonios recabados, ni la práctica de la exhumación del cuerpo de la víctima, ni la inspección de un arcón congelador propiedad en su día del investigado”, arrojaron “ningún resultado positivo para la investigación”, como tampoco lo hizo el análisis del móvil utilizado por la víctima que fue encontrado en dependencias policiales. Otra de las cuestiones que fue analizada, según señala en el auto, fue la supuesta manipulación y borrado de un disco duro de la joven.

En este último supuesto, tras la investigación practicada, considera que no se acredita que el borrado fuera “intencionado y masivo”. En definitiva, la instructora entiende que no existen indicios “contundentes e irrefutables” que permitan fundamentar la imputación delictiva.

“Los elementos de juicio que se aportan por la acusación, cuando se solicita la incoación del procedimiento ante el Tribunal del Jurado, son meras sospechas basadas en datos no acreditados o en contradicciones en las declaraciones del investigado o de testigos, pero sobre aspectos incidentales”, señala.

Por ello, resalta que “ningún indicio hay de que el investigado y la víctima se vieran esa noche, ni del lugar de la muerte, ni aparece vestigio alguno del investigado en el cuerpo de la víctima o en el lugar donde este se encuentra”. Todo ello ampara el juicio final.

El ADN del sospechoso y el de la investigación no coincide

La decisión de la jueza sucede a la obtención del resultado del análisis del ADN del único investigado en el caso Déborah Fernández-Cervera, el cual ha dado negativo con el análisis del semen hallado en el interior de la vagina de Déborah, los restos biológicos en un pañuelo y un preservativo que había junto a su cuerpo, y pelo encontrado en el levantamiento del cadáver.

La magistrada recuerda que “no bastan meras afirmaciones de sospecha”, pues advierte de que “debe alcanzarse cierto nivel cualitativo de los indicios, que deben ser sólidos y conducir a un suficiente nivel de probabilidad de autoría, superior a lo posible”.

Además, añade que el investigado “ha explicado qué hizo esa noche y no se ha logrado evidenciar que fuera falso”, pues afirma que “sus contradicciones y rectificaciones afectan a aspectos accesorios de su testimonio, pero no permiten afirmar, no obstante, que él estuvo con la víctima la noche de la desaparición y que además la mató, dejando su cuerpo en una cuneta”.

La magistrada insiste en que todo lo investigado, tal y como sostiene el Ministerio Fiscal, “permite elaborar hipótesis, pero la expuesta por la acusación particular parte de una inferencia demasiado abierta, en el sentido de que con los mismos indicios pueden alcanzarse también otras conclusiones alternativas que impiden que la expuesta y defendida pueda darse por probada”.

El auto no es firme, no obstante, pues contra él cabe presentar recurso, pero la familia de Déborah ya ha anunciado en un comunicado que no tiene intención de recurrir el auto de archivo provisional de 18 páginas, ya que su intención era pedir el archivo.

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