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La Policía podrá detener a los carteristas reincidentes aunque roben menos de 400 euros

Una modificación del Código Penal permitirá a las fuerzas de seguridad detener a los autores de los delitos de hurto que cuenten con antecedentes aunque roben menos de 400 euros

  • Dos agentes de la Policía Nacional patrullando el centro de Madrid

El clan de las 'bosnias' en Madrid, las 'búlgaras' de Barcelona o los Tehijovich en Sevilla. Son familias de carteristas que han pasado la tradición de padres a hijos, obteniendo grandes beneficios. Los delitos de hurto no contaban con una respuesta judicial suficiente hasta ahora. La nueva modificación del Código Penal permitirá penas más altas y unas actuaciones más contundentes por parte de las fuerzas y cuerpos de seguridad del Estado.

Según los datos del Ministerio del Interior, los hurtos han aumentado un 51,4% en los tres primeros meses de este año respecto al 2021. Este año hay registrados 145.399 robos al 'despiste' por los 96.090 del mismo balance del periodo anterior. Si bien es verdad que las cifras se han incrementado por la vuelta a la normalidad tras la pandemia esta tipología es una de las prácticas más desarrolladas por los delincuentes comunes.

"Hemos tenido casos de un carterista que ha sido detenido hasta en tres ocasiones en un día", explican fuentes policiales a Vozpópuli. Una gran parte de estos ladrones no son ni arrestados porque los objetos que sustraen tienen un importe menor a los 400 euros. "Después pasan a disposición judicial y les imponen multas que no pueden pagar porque se declaran insolventes. La rueda vuelve a su punto de inicio", reitera.

Grupos itinerantes

Sus actuaciones tienen dos escenarios estratégicos. En primer lugar, las grandes concentraciones de personas, que pueden ser desde eventos festivos, discotecas, transporte público a centros comerciales. Los carteristas también utilizan métodos como la 'siembra' para desviar la atención de sus víctimas.

El confinamiento fue un punto de inflexión para estos grupos por las restricciones y la limitación de aglomeraciones. Estos grupos son frecuentemente itinerantes y van desplazándose por las diferentes ciudades españolas. Cambian de rumbo cuando ya son conocidos por las autoridades. Buena prueba de ello ha sido la presión ejercida por la Policía Nacional en Madrid que acabó con los clanes rumanos que estaban asentados en el distrito Centro.

No siempre esta presión policial ha estado acompañada por las decisiones judiciales, algo que podría cambiar a partir de ahora. El pasado 29 de julio fue publicado en el Boletín Oficial del Estado la modificación del artículo 234, apartado 2, el referente a los delitos de hurto. Un cambio que venía siendo reclamado desde hace tiempo por las fuerzas de seguridad, que buscaban más contundencia ante esta tipología. "Sale muy barato robar en algunas circunstancia", recalcan estas fuentes sobre los grupos de carteristas.

Preocupación del comercio y a la economía

La publicación del BOE, que forma parte del área del Ministerio de Presidencia, tiene como objetivo "dar una respuesta adecuada a los casos de multirreincidencia". Y es que aunque la "regulación actual permite aplicar una modalidad agravada del delito de hurto cuando el autor es multirreincidente, el Tribunal Supremo considera que esta posibilidad debe reservarse para los casos en que los delitos de hurto cometidos con anterioridad superan los 400 euros".

Un coche de Policía Nacional de patrulla por el centro de Madrid

"De lo contrario se produciría un desproporcionado salto punitivo entre la pena prevista en el artículo 234.2 del Código Penal para los delitos de hurto inferiores a 400 euros, que es una pena de multa de 1 a 3 meses, y la pena prevista en el artículo 235.1.7.ª del Código Penal para los casos de multirreincidencia, que es una pena de prisión de 1 a 3 años", explica el BOE.

La interpretación a la decisión del Tribunal Supremo está suponiendo que los delitos leves de hurto que se cometen de manera multirreincidente "no cuenten con una suficiente respuesta penal" a pesar de que son delitos que están siendo objeto de una "creciente preocupación por afectar directamente no solo al turismo, al comercio y a la
economía en general, sino también a la propia seguridad de los ciudadanos"
.

Penas de 6 a 18 meses de prisión

Ese es el motivo de la "necesaria" reforma del Código Penal para que se "permita sancionar más gravemente los casos de hurtos leves no superiores a 400 euros cuando se producen de forma multirreincidente". "A estos efectos, para evitar el salto desproporcionado de pena criticado por el Tribunal Supremo, se opta por aumentar la
pena de estos delitos de hurto leve"
, según el texto oficial.

Esta modificación también implica que en los casos de hurtos leves o inferiores a 400 euros se aumente la pena siempre que el grupo de carteristas sea multirreincidente y la cuantía total de lo sustraído, incluyendo los delitos de hurto cometidos con anterioridad, exceda los 400 euros. "En esos casos se impondrá la pena del tipo básico del artículo 234.1 del Código Penal, que es una pena de prisión de 6 a 18 meses", regulan.

El objetivo de esta medida, que entrará en vigor el 30 de agosto, es una respuesta "penal más disuasoria y ajustada a la gravedad de la conducta" para las personas que tienen como profesión 'carteristas' en su currículum. Todo ello "sin incurrir en un incremento desproporcionado de la pena". Un término medio para que estos ladrones se piensen dos veces sus actuaciones ya que sus delitos no van a quedar impunes.

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