Un juez ha desestimado la demanda del exministro José Manuel Soria contra eldiario.es por una información en la que se señalaba que el extitular de Industria y Turismo había sido invitado por un grupo empresarial a un hotel en la República Dominicana, y considera probado que no pagó la estancia.
Este diario digital publicó el pasado 9 de agosto que Soria y el entonces embajador de España ante la OCDE, José Ignacio Wert, habían pasado juntos una semana en Punta Cana en el hotel Breathless Resort Spa en compañía de sus respectivas parejas, invitados todos ellos por el propietario de la cadena hotelera canaria Grupo Martinón.
Soria aseguró que esa información era falsa y presentó una demanda al entender que la noticia constituía "una intromisión ilegítima en el derecho al honor".
Libertad de información
Ahora, el titular del Juzgado de Primera Instancia número 99 de Madrid ha desestimado la demanda y subraya que en este caso prevalece la libertad de información sobre el derecho al honor porque concurren los dos requisitos para ello: relevancia pública o interés general de la noticia y veracidad de la información.
Recuerda que Soria era en ese momento ministro de Industria, Energía y Turismo y "es evidente que a los ciudadanos no les puede resultar indiferente la noticia de que un miembro del Gobierno de España disfrute de unos días de vacaciones invitado por el propietario de un grupo hotelero".
Consta probado asimismo en autos que el señor Soria no pagó la estancia en el hotel
Sobre la veracidad de la información, el magistrado señala que "consta acreditado en autos que por parte del informador y del medio que publicó la noticia se realizó una exhaustiva labor encaminada a contrastar la veracidad" de la misma.
Tanto es así, añade el fallo, que el autor de la información llegó incluso a desplazarse al hotel donde se alojó Soria para constatar "in situ" todos "los extremos necesarios para comprobar que la noticia podía publicarse por ajustarse a la realidad".
"Consta probado asimismo en autos que el señor Soria no pagó la estancia en el hotel, y ello resulta evidente, pues el único justificante que aportó se refiere al abono de costes extras", añade.
El magistrado desestima la demanda e impone el pago de las costas a Soria
Y va más lejos el magistrado al afirmar que con la cantidad abonada "es impensable que pueda pretenderse justificar el pago de la estancia en una suite de un hotel de lujo", por lo que "hay una total evidencia de que el señor Soria efectivamente fue invitado por la propiedad del hotel, o lo que es lo mismo, no se le cobró el coste del alojamiento".
Por todo ello, el magistrado desestima la demanda e impone el pago de las costas a Soria, que podrá interponer recurso de apelación contra el fallo.