El intrumento regula la competencia de la Administración General del Estado de declarar ‘Manifestación Inmaterial de la Cultura’ a aquellas expresiones que superen el ámbito territorial de una comunidad autónoma y crea un Inventario Nacional de Patrimonio Cultural Inmaterial, gestionado por el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, que será de acceso público. El anteproyecto regula de forma expresa esta materia y dota a la Administración General del Estado de un mecanismo para proteger las manifestaciones que integran el Patrimonio Cultural Inmaterial.
La medida del gobierno -si bien regula aquello que se considera patrimonio inmaterial- ocurre en uno de los momentos más delicados para la conservación del Patrimonio Histórico. En los presupuestos de 2014, lo que se refiere a los programas relacionados con la administración, conservación, restauración y protección del Patrimonio Histórico, que supone el 20 por ciento del total de la política, tuvo una dotación de 143,13 millones de euros. La reducción acumulada en tosos estos años ronda ya el 40%.
Cuando se anunció la reducción presupuestaria del Ministerio de Cultura, en 2011, la peor parte se la llevó, también, Conservación y Restauración de Bienes Culturales (se le asignaron 60 menos que en 2009). No en vano, el estudio del Fondo Mundial de Monumentos señaló a España como el tercer país en el mundo que menos cuida su patrimonio.La situación, de momento, no es mucho más esperanzadora.
La medida incluiría, por ejemplo, los toros
El Anteproyecto de Ley aprobado este viernes parte de la definición de patrimonio cultural inmaterial establecida por la Convención de la UNESCO. Se considera patrimonio cultural inmaterial "los usos, representaciones, expresiones, conocimientos y técnicas -junto con los instrumentos, objetos, artefactos y espacios culturales que les son inherentes- que las comunidades, los grupos y, en algunos casos, los individuos reconozcan como parte integrante de su patrimonio cultural".
La medida coincide con la aprobación en el Pleno del Senado de la Proposición de Ley que protege a la Tauromaquia.
"Este patrimonio presenta unas particularidades para su protección dado que no es conservable ni reproducible más que por sus propios protagonistas y que, junto con toda la sociedad, deciden el cambio o la permanencia de sus manifestaciones", señala el Gobierno.
Uno de los temas que podría tener cabida en esta norma es la Tauromaquía, de la misma manera que "el romancero español, el mantón de Manila, la producción artesanal del esparto o la trashumancia", pues se trata de "dar una protección especial" a aquellos bienes inmateriales que "con compartidos por más de una región".
Según el gobierno, la protección del patrimonio cultural inmaterial lo habían desarrollado únicamente las Comunidades Autónomas, por lo que este anteproyecto vendría a "complementar de una manera más uniforme" todas esas manifestaciones que son "compartidas por varias Comunidades".
Según el gobierno, la protección del patrimonio cultural inmaterial lo habían desarrollado únicamente las Comunidades Autónomas.
La medida coincide con la aprobación en el Pleno del Senado, el pasado miércoles, con los apoyos de PP y UPN, la Proposición de Ley que protege a la Tauromaquia al considerarla como patrimonio cultural. El texto, que entrará en vigor un día después de su publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE), supone el blindaje por primera vez de esta actividad con rango de ley en toda España.
El instrumento aprobado en Consejo de Ministros
Con este proyecto legislativo se da cumplimiento a la Convención de Salvaguarda del Patrimonio Inmaterial de la UNESCO, ratificada por España en 2006. Sin perjuicio de las competencias autonómicas, concurrentes con las del Estado en la protección del patrimonio cultural, esta Ley atribuye a la Administración General del Estado competencias para adoptar medidas de salvaguarda y declarar la nueva categoría jurídica de protección denominada “Manifestación Inmaterial de la Cultura” (MIC).
Estas facultades se aplican cuando: se trate de un patrimonio cultural inmaterial que supere el ámbito territorial de una comunidad autónoma; no pueda separarse del imaginario y la tradición española en su conjunto, sin estar vinculado a una región en particular; comporte diversas manifestaciones que merezcan una consideración unitaria, más allá de una o varias regiones y posea una especial relevancia y trascendencia internacionales.
Además habilita un Inventario Nacional de Patrimonio Cultural Inmaterial, gestionado por el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, que incluya las manifestaciones declaradas tanto por las Comunidades Autónomas (BIC), como por la Administración General del Estado (MIC).
La ley se limita a regular las actuaciones que puede desplegar la Administración General del Estado en la protección de los bienes inmateriales adaptándose a las peculiaridades derivadas de la naturaleza de este tipo de patrimonio.