Deportes

Wert para creer: España por fin se pondrá al día en materia antidopaje

La aprobación del proyecto de la Ley Antidopaje es el primer paso de España para, como dijo el ministro de Educación, Cultura y Deporte, acabar "con la impresión de escasa contundencia" en esta materia. Aquí recogemos un decálogo de los cambios que traerá la nueva legislación.

El Gobierno aprobó este viernes el proyecto de la nueva Ley Orgánica de Protección de la Salud del Deportista y de Lucha contra el Dopaje en la Actividad Deportiva, conocida como la 'Ley Antidopaje', que será remitida ahora para su aprobación en las Cortes. La nueva ley, mucho más amplia que la anterior, tiene como objetivo dar una mayor protección integral a la salud del deportista y la adaptación de la legislación española al Código Mundial de la Agencia Mundial Antidopaje (AMA).  

"La aprobación definitiva de este proyecto de Ley situará a España entre los estados más avanzados en la protección de la salud de deportista y en la lucha contra el dopaje en el deporte", indica el Consejo Superior de Deportes en una nota. "La impresión de escasa contundencia de la legislación española desaparece en este nuevo marco, pues la Agencia Mundial Antidopaje la ha puesto como ejemplo de legislación avanzada", comentó el ministro José Ignacio Wert.

Estas son las novedades de la nueva Ley Antidopaje, resumidas en un decálogo:

1. Se facilita la colaboración entre las autoridades penales y las administrativas acogiendo la posibilidad de pedir las pruebas al juez, quien, sin tener obligación de darlas, sí deberá responder de forma motivada y respetar el principio de proporcionalidad.

2. El nuevo texto contempla un endurecimiento de las sanciones al entorno del deportista, que podrán alcanzar los 400.000 euros, así como la posibilidad de practicar controles antidopaje entre las 23.00 y las 6.00 horas, en casos excepcionales que deberán estar motivados y explicados al deportista.

3. El consumo de sustancias y métodos dopantes no constituirá delito para el deportista.

4. El Tribunal de Arbitraje en el Deporte sustituirá al actual Comité Español de Disciplina Deportiva (CEDD) y tendrá una sección especializada en dopaje.

5. Las sentencias del nuevo Tribunal de Arbitraje en el Deporte no podrán ser recurridas ante el Tribunal de Arbitraje Deportivo (TAS), con sede en Lausana (Suiza), pero solo afectará a los deportistas y competiciones de ámbito nacional.

6. Se establece un Plan de Apoyo a la Salud que determinará los riesgos comunes y específicos para la salud de los deportistas y establecerá las medidas de prevención, conservación y recuperación, así como la puesta en marcha de un sistema de reconocimientos médicos.

7. Los centros deportivos tendrán la obligación de disponer de medios de lucha contra las enfermedades cardio-respiratorias agudas, los desfibriladores, para atender los casos de posible muerte súbita. y

8. Se habilitará un sistema de tarjeta de salud de los deportistas de alto nivel.

9. La Agencia Española de Protección de la Salud en el Deporte sustituye a la actual Agencia Estatal Antidopaje (AEA) y será el organismo público "independiente" encargado de la protección de la salud de los deportistas, con competencias en materia de prevención, represión e investigación.

10. La nueva agencia asumirá los trabajos de planificación y realización de los controles antidopaje y la tramitación de los procedimientos sancionadores nacionales.

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