El fallo de resolución de recursos de la Operación Puerto emitido por la Sección Primera de la Audiencia Provincial de Madrid presidida por el magistrado Alejandro María Benito, recoge que las 211 bolsas de sangre requisadas por la Guardia Civil no sean destruidas. Eso permitirá a las autoridades cotejar si las bolsas que permanecen congeladas en el laboratorio antidopaje de Barcelona con el ADN pertenecen a los deportistas sospechosos.
Poe contra Eufemiano Fuentes queda absuelto. En un principio fue condenado a un año de prisión por un delito contra la salud pública, que recurrió, así como la inhabilitación de cuatro años para ejercer la medicina deportiva. También será exculpado Ignacio Labarta, director deportivo que recibió una pena de cuatro meses de prisión e inhabilitación en el ciclismo. El resto de encausados, Yolanda Fuentes, Manolo Saiz y Vicente Belda ya habían sido absueltos anteriormente.
Según la sentencia, la sección primera de la Audiencia ha considerado que la sangre que utilizaron para las transfusiones a sus pacientes no es un medicamento y, por lo tanto, la conducta de ambos "no tiene encaje en el delito contra la salud pública" por el que fueron condenados e imputados en primera instancia. Las bolsas se entregarán a la Federación Española Ciclismo, la Asociación Mundial Antidopaje, la Unión Ciclista Internacional y el Comité Olímpico Italiano.