Economía

BBVA prevé un gasto de 900 millones en prejubilaciones hasta 2020

El segundo mayor banco de España gastará 480 millones en 2019 y otros 413 adicionales en 2020

  • Edificio de BBVA en el Paseo de la Castellana.

BBVA prevé que la prejubilaciones pueden llegar a costarle en los próximos dos años 893 millones de euros, divididos en 480 en 2019 y otros 418 en 2020. Una cifra aún elevada, que esperan reducir hasta los 157 millones estimados para 2023, según expone la entidad en su informe financiero anual.

En el último ejercicio, el banco presidido por Carlos Torres, firmó un total de 485 prejubilaciones, con un coste de 139 millones de euros, un 37% menos de lo que supusieron los 731 empleados de 2017. Son volúmenes 'altos', pero no tanto si se comparan con años anteriores, a excepción de 2016, ejercicio en el que se fueron voluntariamente 601 personas. 

En los otros años las salidas fueron de: 1.206 en 2015; 1.706 en 2014; 1.055 en 2013; 539 en 2012; y 669 en 2011. El banco ofrece todos los años a "determinados empleados la posibilidad de prejubilarse con anterioridad a la edad de jubilación establecida en el convenio laboral vigente.

Los compromisos adquiridos por el banco incluyen tanto las retribuciones como las aportaciones a los fondos externos de pensiones a pagar durante el periodo de prejubilación. 

¿Cómo funciona una prejubilación?

Los casos más comunes de prejubilación se relacionan con trabajadores en edades próximas a la jubilación, pero que aún no permiten acogerse a la figura de la jubilación anticipada. El empleado y la empresa llegan a un acuerdo para que el trabajador reciba una cantidad de dinero determinada que complemente su prestación por desempleo hasta el momento en que, por fin, se pueda acoger a la jubilación anticipada o a la jubilación ordinaria. No obstante, en otros supuestos, el trabajador es incluido en un Expediente de Regulación de Empleo a través del cual accede, al menos, a la indemnización marcada legalmente.

En las prejubilaciones más habituales el trabajador suele quedarse con unos ingresos mensuales que suelen estar entre el 60 y el 100% de su sueldo. En muchos casos, dichos ingresos son parte de la indemnización que la empresa paga al trabajador causada por su inclusión en un Expediente de Regulación de Empleo.

De manera opcional, y si fuera necesario, en el momento en que el trabajador agota su prestación contributiva por desempleo (siempre que no hay habido acuerdo de las partes), podrá solicitar el subsidio por desempleo, que puede durar entre 6 a 18 meses, siempre que el beneficiario demuestre que carece de rentas, sin que se incluyan entre ellas las cuantías recibidas en concepto de indemnización legal por despido.

No obstante, si el trabajador tiene más de 55 años, que es el supuesto más general, este subsidio se ampliará hasta que cumpla la edad para acceder a la jubilación anticipada u ordinaria, siempre manteniendo la condición de carencia de rentas, no solo propias, sino también de su cónyuge y familiares más cercanos, con los que conviva.

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