La banca gana. Después de casi dos días de debate intenso, el Supremo ha decidido darles la razón y mantener el pago impuesto en el tejado del cliente. Como era de esperar, ante el escenario más optimista, las entidades financieras han amanecido en el parqué madrileño teñidas de verde.
Sabadell, uno de los más afectados por la incertidumbre amanecía con un repunte del 14%. Le seguía Caixabank, con un 5,6%; Bankia, lo hacía a un 5%; Santander y BBVA, un 3,6% y Bankinter un 5,2%.
No obstante, estas subidas no serán suficientes para paliar el hueco de 4.900 millones de euros que ha provocado la incertidumbre que se ha vivido durante estas dos semanas.
Los bancos más internacionales han sido los que menos han sufrido. De hecho, las caídas de BBVA (-3,8%) y Santander (-1,3%) son anecdóticas si se comparan con el de sus homólogo. Bankia ha sido el valor más perjudicado, con un desplome del 9,3%, dejando el valor de sus acciones por debajo de los 3 euros. Le siguen CaixaBank, con un descuento del 7,7%; Bankinter, del 7,1% y Sabadell del 7%.
La sentencia
Tras dos días de duro debate, el Supremo ha decidido que el impuesto de actos jurídico lo siga pagando el consumidor y no la entidad con la que se firma la hipoteca. Este gravamen oscila entre los 1.000 euros y los 3.000 dependiendo de la comunidad autónomia donde se firmara.
El hecho de que el Alto Tribunal haya reculado con respecto a la doctrina establecida el pasado 18 de octubre supone una importante victoria judicial para los bancos, que se ahorrarán el pago de 640 millones de euros al año si no tienen que asumir el gravamen, según los cálculos realizados con la agencia de calificación de riesgos Moody's.
No obstante, el fallo también representa un alivio para la Agencia Tributaria, ya que, si se hubiera decretado una retroactividad de cuatro años, las comunidades autónomas hubieran tenido que devolver hasta 5.000 millones de euros a los clientes por el impuesto de la hipoteca, según los cálculos de Hacienda.
Esta cifra, que hubiera elevado el desequilibrio presupuestario en cuatro o cinco décimas, ponía en riesgo el objetivo de España de salir del procedimiento de déficit excesivo, ya que la banca se había negado en rotundo a asumir cualquier retroactividad.
Desde la Asociación Española de Banca (AEB) han mostrado su satisfacción ante este resultado. "El Tribunal Supremo ha confirmado que, como venía ocurriendo hasta ahora y de acuerdo con la normativa vigente durante más de 20 años, el sujeto pasivo del impuesto en la constitución de hipotecas es el prestatario. Esta decisión está en línea con el marco jurídico de los países de nuestro entorno. La decisión adoptada hoy por el Tribunal Supremo preserva la seguridad jurídica necesaria para el buen funcionamiento del mercado", expresaba en un comunicado.