Economía

Correos solo podrá exigir 10.000 euros por el fallo "muy grave" de seguridad con las balas

El pliego de condiciones que rige la relación contractual entre Correos y Telégrafos, por un lado, y la empresa encargada de controlar el contenido de los cartas con las balas,

  • La carta con balas y amenazas dirigida a Pablo Iglesias, Fernando Grande-Marlaska y María Gámez.

El pliego de condiciones que rige la relación contractual entre Correos y Telégrafos, por un lado, y la empresa encargada de controlar el contenido de los cartas con las balas, por otro, recoge la posible aplicación de sanciones económicas de 10.000 euros en caso de "incumplimientos muy graves" del acuerdo. Ese sería el caso del fallo de seguridad que permitió la recepción de los sobres con amenazas contra Fernando Grande-Marlaska, Pablo Iglesias y María Gámez.

El documento de 112 páginas y al que ha tenido acceso Vozpópuli recoge las condiciones que se aplican en "la contratación de los servicios de seguridad, vigilancia e inspección de la correspondencia durante el periodo 2021-2024. Entre otras, cuenta con la firma del jefe del Área de Seguridad de Correos, Javier Pumares Puertas, y está fechada en Madrid, 11 de diciembre de 2020.

Tras la polémica suscitada a partir del envío de tres cartas con amenazas y balas contra el ministro del Interior, el dirigente de Podemos y la directora de la Guardia Civil, Correos ha responsabilizado a la empresa subcontratada, INV Seguridad, de la brecha que ha permitido el envío de las misivas. La sociedad estatal también ha pedido el cese del empleado encargado de supervisar con un escáner la seguridad en estos envíos.

El pliego del contrato detalla los incumplimientos que podría cometer la empresa adjudicataria y las penalizaciones asociadas a los mismos, que van desde leves hasta graves y muy graves. En este caso, Correos considera muy grave "que el operador de servicio del Centro de Tratamiento Automatizado de Madrid, ubicado en Vallecas, "no fuera capaz" de detectar las balas que incluían los tres sobres, pese a que eran fácilmente visibles a través del escáner por el que pasaron el día 19.

Las condiciones del contrato

Para realizar esta valoración, la compañía pública de mensajería se remite al pliego de condiciones técnicas, al apartado f) de los incumplimientos muy graves: "La no detección de un artefacto explosivo, o de un envío cuya circulación por el correo no esté permitida, y que cause daños o perjuicios al patrimonio, a la imagen, o al buen nombre de las entidades contratantes". El pliego añade: "Las entidades contratantes podrán penalizar a la empresa adjudicataria que incurra en cualquiera de los incumplimientos muy graves con un importe económico de 10.000 euros".

No obstante, la compañía podría llegar a valorar si el incumplimiento se contabiliza como una o como tres faltas muy graves -por los tres sobres-, lo que podría traer aparejado incluso la resolución del contrato si así se considerara. De este modo, explica el pliego, Correos podrá solicitar la resolución del contrato por "la acumulación de tres faltas muy graves en una anualidad".

Preguntados por este extremo, desde Correos evitan hacer más comentarios más allá de confirmar la apertura del expediente a INV Seguridad, e insisten en que "está colaborando con las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado en la investigación que se está llevando a cabo".

Correos apunta al vigilante de seguridad

La empresa pública ha solicitado además a INV "la retirada inmediata del servicio" en Correos del vigilante de seguridad "por ser la persona que operaba en el equipo reseñado en el momento en el que las tres misivas pasaron por la inspección radiológica que determinan nuestros procedimientos de Seguridad sin que fuera capaz de identificar los proyectiles que portaban".

En el pliego del contrato con las empresas de seguridad, Correos especifica además la formación mínima exigible a los empleados para prestar el servicio. En esta línea, apunta la compañía de mensajería, el personal dedicado a la inspección de la correspondencia no podrá prestar más de 20 minutos continuados en dicho servicio, debiendo tener descansos no inferiores a diez minutos dedicados a otras labores de vigilancia (no inspección) en el propio centro.

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