La Fundación para la Defensa de la Privacidad y los Derechos Digitales ha denunciado en la Comisión Europea el artículo 58 bis de la ley electoral aprobado in extremis, al final de la legislatura de Pedro Sánchez, con los votos a favor de PP, PSOE y Ciudadanos -Podemos se posicionó en contra-.
Este Artículo, incluido en la Ley Orgánica del Régimen Electoral (LOREG), habilita a los partidos a rastrear opiniones políticas en Internet con el fin de enviar propaganda electoral personalizada.
La fundación denunciante considera que el Artículo 58 bis infringe varios preceptos de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea (UE).
En España el Tribunal Constitucionalidad ya estudia la posible ilegalidad del Artículo 58 bis
Entre ellos se encuentran el 7 y el 8 -además del 6 y el 9-. El Artículo 7 expresa que que "Toda persona tiene derecho al respeto de su vida privada y familiar, de su domicilio y de sus comunicaciones".
El Artículo 8 establece que "Toda persona tiene derecho a la protección de los datos de carácter personal que la conciernan. Estos datos se tratarán de modo leal, para fines concretos y sobre la base del consentimiento de la persona afectada o en virtud de otro fundamento legítimo previsto por la ley. Toda persona tiene derecho a acceder a los datos recogidos que la conciernan y a su rectificación".
La denuncia fue puesta el pasado 9 de abril y desde la Fundación para la Defensa de la Privacidad y de los Derechos Digitales son conscientes de que no se tomará una decisión hasta pasadas las elecciones del 28 de abril.
"Los partidos podrán recoger las opiniones ideológicas de los ciudadanos durante la Campaña Electoral. Mandarán publicidad a la carta. No hay nada que podamos hacer; las denuncias en Europa van muy despacio. Nada ni nadie se lo impedirá", explica Elena Gil González, miembro de la Fundación para la Defensa de la Privacidad y de los Derechos Digitales y estudiante de doctorado.
El Artículo 58 bis permite la recopilación de datos ideológicos pero no su tratamiento con herramientas como el Big Data y la Inteligencia Artificial (IA)
El Constitucional admite un recurso
El Tribunal Constitucional admitió a trámite hace unos días un recurso de inconstitucionalidad del Defensor del Pueblo respecto al Artículo 58 bis, quien lo interpuso tras recibir varias peticiones de abogados y asociaciones en este sentido.
Como sucede en el caso de la denuncia depositada en la Comisión Europea, tampoco se espera que haya una resolución sobre el Artículo 58 bis antes de las elecciones.
El Tribunal Constitucional tiene potestad para echar abajo este controvertido Artículo, que permite la recopilación de datos ideológicos, aunque no su tratamiento con herramientas como el Big Data o la Inteligencia Artificial (IA).
Lista viernes
Hace unos días la Fundación para la Defensa de la Privacidad y los Derechos Digitales lanzó la Lista Viernes. Una iniciativa a la que se pueden apuntar los ciudadanos que no deseen recibir spam de las formaciones políticas.
El problema es que los partidos deben adherirse a la Lista Viernes para que ésta sea efectiva, a fin de recibir la base de datos para bloquear el envío de anuncios personalizados a los integrantes del listado. Ningún partido lo ha hecho, pese a que ya hay más de 5.000 personas apuntadas a la iniciativa. Ni siquiera Podemos, que votó en contra de su aprobación, se ha sumado a la misma.