Endesa e Iberdrola, segunda y cuarta empresa, respectivamente, del mercado español de gas natural, están bajo la lupa de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC), que les ha abierto sendos expedientes sancionadores por la atención que prestan a sus clientes de gas natural. La investigación afecta a Iberdrola Generación y Endesa Energía, filiales de ambas eléctricas.
En ambos casos, la iniciativa del organismo está relacionada con una posible vulneración del artículo 110.9 de la Ley de Hidrocarburos, que considera una infracción “grave” el “incumplimiento por parte de las empresas distribuidoras y comercializadoras de gas natural de las obligaciones de mantenimiento y correcto funcionamiento de un servicio de atención a los consumidores, así como de las medidas de protección al consumidor de acuerdo con lo establecido en la presente Ley y su normativa de desarrollo”.
Los expedientes están relacionados, según fuentes del sector, con los procedimientos utilizados por ambas empresas para el tratamiento de las bajas de sus usuarios. En el caso de Endesa, tiene su origen en un expediente incoado en 2010 por la Dirección General de Energía de la Comunidad de Madrid que posteriormente se convirtió en un expediente sancionador de la antigua Comisión Nacional de la Energía (CNE), desaparecida el año pasado. En la eléctrica daban el caso por "cerrado" ya que ya habían presentado sus correspondientes alegaciones ante el extinto regulador.
En el caso de Iberdrola, el asunto podría deberse, según interpretan algunas fuentes del sector, más a una confusión de la propia CNMC que a una conducta sancionable de la empresa. La CNMC cree que su filial Iberdrola Generación no notificaba las resoluciones de los contratos a sus clientes, sino solamente las suspensiones, y la eléctrica ya presentó sus alegaciones, en las que aclaraba que “las notificaciones y bajas de los contratos se hacían correctamente”, según fuentes del grupo.
La CNMC ha actuado en ejercicio de las funciones de la antigua CNE, ya que no se trata de prácticas contrarias a la libre competencia
Por su parte, la CNMC no comenta el expediente, que todavía está pendiente de resolución y que lleva meses abierto (el acuerdo de incoación data en ambos casos del pasado 15 de enero), aunque ha pasado desapercibido.
El motivo es que las actuaciones investigadas no constituyen una conducta colusoria como las que recoge el artículo 1 de la Ley de Defensa de la Competencia, cuya instrucción corresponde a la sala de Competencia del organismo y que esta hace públicas de oficio mediante un comunicado. El expediente corresponde a la Dirección de Energía del ‘superregulador’, en ejercicio de las funciones de la extinta Comisión Nacional de la Energía (CNE), cuya difusión pública se limita a dar cuenta de la apertura del expediente en la web de la CNMC.
Previsiblemente, las actuaciones del organismo no estarán resueltas hasta el año que viene. En caso de haber sanción para las empresas, la multa máxima en estos casos (que nunca se aplica) es de hasta 6 millones de euros o un 5% de la cifra de negocios de las sociedades matrices.
A cierre de 2013, Endesa era el segundo operador en el mercado español de gas por ventas, con una cuota del 14,98%, y por clientes, con 1.206.485 (16,19% del total). Por su parte, Iberdrola era la quinta empresa del sector por ventas (4,94%) y la cuarta por número de clientes, con el 10,46% del total (779.546). Ambas tenían a la mayoría de sus clientes de gas en el mercado liberalizado: Endesa tiene 979.250 clientes a precio libre e Iberdrola, 774.656.
La CNMC tiene al menos otro expediente sancionador abierto a Iberdrola y Endesa. El otro, heredado de la antigua CNE e incoado en el primer semestre del año pasado, está relacionado con Nuclenor, la empresa mediante la que ambas compañías explotan al 50% la central nuclear de Santa María de Garoña, y el modo en que decidió poner fin de forma anticipada a la actividad de la planta. La multa máxima en este caso es de hasta 30 millones de euros, según reveló Iberdrola en sus últimas cuentas anuales.
Además el organismo investiga desde el mes pasado los anuncios en prensa y otras comunicaciones de las empresas eléctricas, como cartas a sus clientes, sobre la nueva tarifa de la luz y, en caso de encontrar indicios de prácticas anticompetitivas, abrir un expediente sancionador. Sin embargo, de momento la CNMC no ha impuesto ninguna multa a las compañías; aprieta, pero flojito.