La Policía Municipal de Madrid ha denunciado al Ministerio de Industria, Energía y Turismo ante la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) por abandonar en un contenedor de basura en plena vía pública “gran cantidad de documentación” perteneciente al departamento de José Manuel Soria que contenía información sensible de empresas y particulares.
La AEPD acaba de dar carpetazo al expediente y ha determinado que Industria cometió una infracción “grave” por “una vulneración del principio de seguridad de los datos", sin que pueda "exonerarse su responsabilidad” en este punto. Esa vulneración de la seguridad de los datos "ha tenido como consecuencia que los datos de carácter personal, cuya custodia era responsabilidad de esa entidad, acabaran siendo recuperados” por un tercero.
Sin embargo, la agencia considera que se trata “posiblemente de un hecho puntual” en el que “ha podido influir la existencia de un error humano”. “Aun cuando la entidad denunciada es responsable de la custodia de la documentación, ésta se encontraba dentro de un contenedor de basura orgánica" y pasó "a ser custodiada por la policía, por lo que no se puede considerar que fuera revelada a terceras personas vulnerando así el deber de secreto”.
Los hechos ocurrieron en las navidades de 2012, y en concreto el 26 de diciembre de ese año, cuando una patrulla policial observó “a un individuo que junto a un carro de supermercado se encontraba rebuscando y sacando documentos de un contenedor de basura. Dicha documentación procedía en su mayoría del Órgano denunciado”, según la resolución que acaba de publicar la AEPD.
En vista de que la documentación localizada contenía datos personales, los agentes cursaron su denuncia ante Protección de Datos. En su escrito, explicaron que “debido a la gran cantidad de documentación recuperada se optó por destruir de forma segura la mayor parte" dejando "tan sólo una pequeña muestra que se aportó junto al escrito de denuncia”.
"Casi la totalidad" de los papeles correspondía a expedientes de concesión de ayudas
En abril del año pasado, y una vez abierto el expediente, personal de la agencia se personó en el ministerio para una inspección durante la cual un representante de Industria explicó que la documentación recuperada pertenecía a las Subdirecciones Generales de Fomento de la Sociedad de la Información y Coordinación y Ejecución de Programas, dependientes de la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones, y que “casi la totalidad de los documentos” correspondían a documentación incluida en expedientes derivados de programas de concesión de ayudas.
El representante del ministerio también explicó que “por la fecha en la que fueron encontrados los documentos, el origen de los mismos podría ser la limpieza de un despacho realizada con motivo de la jubilación de un Vocal Asesor (Nivel 30)” y reconocía que Industria “no cuenta con un protocolo establecido para la destrucción de documentación en papel". Tampoco había "constancia de que se hayan proporcionado instrucciones al respecto a los trabajadores”.
Industria, “examinados los documentos incautados por la Policía Municipal”, aseguró en el trámite de alegaciones que los datos que contenían esos papeles eran “principalmente de personas jurídicas”. También “principalmente”, decía, no pertenecían personas físicas “y en ningún caso” se trataba de “datos especialmente protegidos. En el caso de los documentos en los que pueden aparecer datos personales, éstos son datos de cargos públicos”, aseguraba el Ministerio.
El departamento de Soria también argumentó que “los documentos localizados no son documentos originales, sino copias, correos de trabajo, por lo que no es seguro que sea responsable este Ministerio de haber abandonado allí dicha documentación”. También explicó que el hecho de no existiera un protocolo establecido para la destrucción de documentos de papel “no significa que no hubiese un uso y modo de proceder, consistente en la destrucción de la documentación en papel que se puede considerar confidencial”.
El ministerio añadía que se estaba elaborando “un borrador” con “medidas concretas de protección de la información de la información relacionada con la LOPD” (Ley Orgánica de Protección de Datos), un aspecto que la AEPD ha valorado “positivamente” en su resolución. Al tratarse de una Administración pública, la agencia no ha impuesto ninguna sanción pecuniaria a Industria, que tiene dos meses para recurrir ante la Audiencia Nacional.