El juez de la Audiencia Nacional Santiago Pedraz ha admitido la personación de cinco colectivos como acusación popular en el "caso Gowex" y a ocho inversores y accionistas como acusación particular, mientras que ha rechazado la de cuatro empleados de la empresa, según informa Efe.
En un auto dictado este lunes, Pedraz emplaza al Partido Político Perjudicados por las Preferentes (PPPR); Activa Gowex Asociación de Afectados, la Asociación Europea de Inversiones Profesionales (Asinver), la Asociación Transparencia y Justicia y el sindicato Manos Limpias a actuar bajo la misma representación, por lo que deberán designar un letrado y un procurador común en 15 días.
Pedraz admite parcialmente las querellas que interpusieron los dos primeros colectivos pero considera que no procede dirigir las actuaciones contra los socios de M&A Miguel Ángel Gutiérrez y Rafael Lucas; la presidenta de la CNMV Elvira Rodríguez, Ernst & Young, Audit, el organismo regulador; Bolsas y Mercados Españoles y el exconsejero de Let's Gowex Abraham Warshenbrot.
En la misma resolución, acepta tener personados como acusación particular a ocho accionistas e inversores de la empresa de redes wifi, entre ellas Alvasebi, empresa dedicada al alquiler de bienes inmobiliarios y con sede en Málaga.
A la personación de dos de estos accionistas se opuso la Fiscalía Anticorrupción, ya que habían adquirido los títulos apenas publicado el informe de la firma Gotham City el pasado 1 de julio en el que valoraba en cero las acciones de la compañía y aseguraba que "el 90 % de los ingresos reportados por Gowex no existen".
Según relataba el fiscal, Luis Ramos Nombela y Alfonso Martín invirtieron un día después 22.000 euros y 1.000 euros, respectivamente, por lo que sabían "la situación económica y contable" y "las evidentes dudas en el mercado" que provocó el informe de Gotham, que desató "una precipitada tendencia bajista del valor" y que ambos aprovecharon "para realizar su compra". Como en el caso de las populares, los afectados deberán actuar bajo la misma representación.
Por último, y de acuerdo con el criterio del fiscal, rechaza la personación de cuatro trabajadores de Gowex de Sevilla porque "la condición de empleado no supone como tal perjuicio alguno procedente del delito, ni se trata de un delito contra el derecho de los trabajadores".