En el contexto de la gravísima crisis energética que está atravesando Europa, calcular adecuadamente los resultados económicos de la excepcionalidad ibérica permitirá evaluar sobre bases reales las aportaciones de esta experiencia de modificación del modelo de mercado eléctrico europeo.
En España, la medida de topar el precio del gas, que ayuda a contener la escalada de precios de la energía, se sustenta en el Real Decreto-Ley 10/2022. Esta normativa establece un mecanismo temporal de ajuste del coste de producción de las tecnologías fósiles marginales, de forma que estas reducen sus ofertas en el mercado eléctrico en una cantidad definida como:
nueva oferta = oferta con el precio real del gas – (precio real del gas – precio tope del gas) / 0,55
El precio tope del gas se ha establecido en 40 €/MWh durante los seis primeros meses de aplicación del mecanismo para incrementarse en escalones mensuales sucesivos (también de 6 meses) de 5 €/MWh, hasta alcanzar un valor de 70 €/MWh en el último mes. 0,55 se considera el rendimiento estándar de las centrales de ciclo combinado que queman gas.
Este mecanismo afecta tanto a la oferta como a la demanda porque reduce el precio marginal del mercado. Esto es, que el precio al que se venderán todas las energías (renovables, nuclear, gas, carbón…) será siempre el precio de la energía más cara que, en el caso español, es el gas.
Del lado de la oferta
Con este mecanismo, la generación nuclear y las renovables (la oferta que queda por debajo del precio marginal) reciben menos ingresos (los llamados beneficios caídos del cielo). En cambio, a la oferta fósil (la generación de ciclos combinados y el carbón) el tope no le afecta pues lo que deja de ingresar por la bajada del precio marginal lo recibe luego como compensación (que paga la demanda que se beneficia del mecanismo).
Del lado de la demanda
En cuanto a la demanda, la hay de dos tipos:
- La que tiene contratos asegurados, a la que no se le modifica el precio.
- La que compra en el mercado que, con el mecanismo de tope, ahora paga menos por la bajada del precio marginal pero también paga más por la compensación a la generación fósil. Como el primer efecto es mayor que el segundo, esta demanda sale beneficiada.
El mecanismo del tope al precio del gas se ha aplicado todas las horas desde su implantación, el 15 de junio de 2022, sin ninguna incidencia. En todas ellas han estado funcionando centrales de ciclo combinado y el precio del gas ha estado por encima del precio tope todos los días, a excepción de nueve días de finales de octubre (del 20 al 27 y luego el día 30).
La reducción del precio marginal del Mercado Ibérico Eléctrico (MIBEL) ha sido, en promedio, de 180 €/MWh.
Los resultados para los oferentes
Esa bajada del precio marginal ha reducido los ingresos de las centrales inframarginales que no se encuentren cubiertas por ningún instrumento de contratación a plazo (el 36% de la energía inframarginal). La reducción de beneficios extraordinarios de estas centrales se puede estimar en 31 millones de euros al día.
Las centrales fósiles no han visto reducidos sus ingresos porque el mecanismo establece que el efecto de bajada del marginal, estimado en 55 millones de euros por día, sea compensado en la misma cuantía. Esto se consigue con aportaciones de la demanda (51 millones de euros por día) y, el restante, con una parte de la renta de congestión de la interconexión España-Francia.
La demanda indexada al mercado (que representa el 58% de la total de compra), ha visto una bajada del coste de la energía gracias a que el efecto de reducción del marginal supera al de subida por el pago de la compensación. En promedio, estos valores son de 77 y 51 millones de euros por día respectivamente, por lo que el resultado ha sido una reducción neta de 26 millones de euros por día.
Los resultados para los consumidores
En cuanto al efecto sobre la factura de los consumidores, el elemento diferenciador estriba en el tipo de contratación. Así:
- Los principales beneficiarios del tope son los consumidores regulados PVPC y los libres con el precio indexado al mercado, para los cuales el término de energía de su factura se ha reducido un 16 % con relación al precio que se hubiese dado sin la aplicación del mecanismo.
- Para los consumidores que tienen vigente un contrato libre a precio fijo el término de energía de su factura se calcula con el precio contractual, sin que les afecte el tope.
- Para los que tuviesen un contrato libre con precio fijo y lo hubiesen renovado con posterioridad al anuncio del tope (26 de abril de 2022) la factura puede tener formas distintas, dependiendo del tipo de contrato que hayan firmado.
Las empresas comercializadoras se están decantando por los que establecen dos precios: un precio fijo y, además, el precio de la compensación (presentado en la factura como un término adicional). El consumidor tiene que ser consciente de que el precio efectivo del término de energía de su factura es la suma de ambos.
José Luis Sancha Gonzalo, Profesor del Máster Universitario en Sector Eléctrico. Experto en Sistema Energético Español, Universidad Pontificia Comillas.
Este artículo fue publicado originalmente en The Conversation. Lea el original.