El Gobierno ha prohibido los despidos mientras dure el coronavirus y sólo permitirá que se realicen Expedientes de Regulación de Empleo Temporal (ERTEs) por causa de fuerza mayor, permitidos únicamente para aquellas empresas que han tenido que cerrar por obligación con motivo del estado de alarma o que puedan demostrar que el Covid-19 es su causa directa.
La ministra de Trabajo, Yolanda Díaz, lo ha anunciado en rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros extraordinario en la que ha insistido en que "no es necesario despedir a nadie en este país" y que "hay mecanismos suficientes" para salir de esta situación, en relación a la posibilidad de activar ERTEs por fuerza mayor.
La prohibición de despedir, que no existe en ningún país de Europa, estará vigente desde este viernes, ha precisado, porque se dispone una clausula que "impide el despido en nuestro país".
"No tendría sentido despedir mientras el Gobierno esté facilitando los ERTEs por fuerza mayor", ha precisado.
Revisión de los ERTEs ya en trámite
Ha informado además de que se revisarán todos los ERTEs por causa de fuerza mayor que han entrado al Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) desde el 14 de marzo y se echarán atrás todos aquellos en los que se no se pueda justificar la causa de fuerza mayor.
Los ERTEs por causas técnicas, económicas, productivas y organizativas son los que a partir de ahora no se podrán realizar, con lo que empresas del sector industrial o de la hostelería -que siguen pudiendo repartir a domicilio- o los call centers que pueden seguir con su actividad tendrán prohibido hacer despidos por esta vía.