La Asociación Empresarial Hotelera de Madrid (AEHM), asesorada por el despacho Tourism & Law Abogados, ha formulado una denuncia administrativa contra Booking.com ante la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC), solicitando que se investiguen las prácticas de la OTA por considerarlas "abusivas" y "contrarias al derecho de la competencia".
Según detalla la patronal madrileña, ha tomado esta decisión a raíz de las "numerosas quejas y denuncias" por parte de sus asociados en cuanto a las prácticas de la citada OTA, destacando la cláusula de paridad de precios y la "unilateralidad de sus actuaciones" en cuanto a la modificación de sus condiciones y cobro de comisiones.
AEHM asegura que el pasado mes de abril emplazó a Booking a cesar dicho conjunto de prácticas, con la finalidad de "abrir un canal de negociación que permitiese terminar con ellas, sin que se haya obtenido respuesta ninguna".
Comisiones "prohibitivas" y modificaciones "repentinas"
Entre las prácticas denunciadas se encuentra la cláusula de paridad (de precios y disponibilidad), cuya consecuencia directa es la disposición sobre la tarifa de la OTA en detrimento del establecimiento hotelero, lo cual consideran abusivo, y, por lo tanto, constitutivo de infracción conforme a la regulación del derecho de la competencia.
Otras prácticas también denunciadas por lo abusivo de las mismas son los niveles de comisión, que consideran "prohibitivos" (hasta el 40% sobre la tarifa) y el control que sobre los huéspedes realiza la OTA. Según dicen, por gestionar la reserva, Booking obtiene el control del cliente en prejuicio del establecimiento hotelero, que es quien presta este servicio.
También ha sido denunciado el sometimiento de los hoteleros a una cláusula de suspensión y rescisión unilateral del contrato, en la que se contienen hasta veinte supuestos en los que Booking puede dar por finalizada la relación, sin que ello se refleje en una opción similar para el establecimiento hotelero.
Por otra parte, también incluye la exención de responsabilidad, trasladando la misma al establecimiento hotelero. Para AEHM, resulta “desproporcionada” la transición de responsabilidad al establecimiento hotelero en los términos fijados por Booking, teniendo en cuenta que el servicio lo realiza este operador.
Otras prácticas que se señalan en la denuncia como abusivas son las siguientes: la comercialización de los alojamientos que no cumplen con los requisitos administrativos conforme a la normativa turística; los descuentos sobre la tarifa del establecimiento hotelero por parte de Booking; y la modificación unilateral de sus políticas de reserva, cancelación y reembolso de tarifa, “en muchas ocasiones, discordantes con las ofrecidas por el propio establecimiento hotelero”.
Primera asociación hotelera en hacerlo
En este sentido, AEHM indica que “si bien es cierto que el establecimiento hotelero tiene la opción de no colaborar con Booking y cesar su relación, la dependencia de este canal de ventas es tan grande que al final a aquel no le cabe otra opción que aceptar estas modificaciones repentinas en sus condiciones de contratación”.
Tras la presentación de la denuncia, AEHM se convierte en la primera asociación empresarial hotelera española que inicia un procedimiento administrativo contra Booking ante la CNMC, con la finalidad de que este organismo abra expediente y, en su caso, imponga la sanción correspondiente por el abuso cometido a los establecimientos hoteleros.