Economía

Los opositores que denunciaron al Banco de España: "Gozo, gozo, gozo"

"Gozo, gozo, gozo... Es lo que siento ahora mismo", comentaba este martes por la mañana Miguel Pelayo, uno de los opositores que hace tres años se presentó a un concurso

  • Sede del Banco de España, en Madrid.

"Gozo, gozo, gozo... Es lo que siento ahora mismo", comentaba este martes por la mañana Miguel Pelayo, uno de los opositores que hace tres años se presentó a un concurso para ocupar una plaza de empleo del Banco de España, y que posteriormente denunció al organismo por sospechar que en el proceso hubo 'pucherazo'.

La Audiencia Nacional comunicó este martes una sentencia por la cual se anula el concurso organizado en 2018 por el Banco de España para cubrir 92 plazas de auxiliar administrativo de caja. "Sabía que teníamos razón, esto ha sido muy gordo, se hicieron demasiadas cosas mal", decía este martes el opositor a una de aquellas plazas con el que ha contactado este diario.

Vozpópuli publicó en marzo de 2019 varios artículos advirtiendo sobre la polémica generada por el proceso de selección realizado por Banco de España, que fue denunciado ante la Audiencia Nacional por varios aspirantes. Las sospechas de los aspirantes no admitidos eran que el organismo había favorecido a los aspirantes interinos.

La Sala de la Audiencia Nacional dice que la actuación del tribunal del Banco de España fue arbitraria

Entonces, el Banco de España negó con rotundidad a este diario la existencia de irregularidad alguna, y advirtió que en otros procesos selectivos también se habían interpuesto demandas contra los resultados, pero que hasta la fecha ninguna había prosperado a favor del aspirante.

Los procesos, aseguraron desde el organismo, se habían hecho "de forma rigurosa" y respetando "escrupulosamente los principios de igualdad, mérito, capacidad y publicidad por los que se rigen el Banco de España".

Sin embargo, la sentencia conocida este martes de la Audiencia Nacional muestra que, en aquel proceso de 2018, el Banco de España actuó de forma arbitraria, apreciando los jueces una infracción de los principios que el organismo decía respetar "escrupulosamente".

Los que vivimos fuera de Madrid tuvimos que trasladarnos varias veces para hacer los exámanes

"Desde que hicieron el primer examen de acceso hasta la entrevista final pasaron 10 o 11 meses", recuerda Miguel Pelayo (el nombre es ficticio). Preparar una prueba como aquella "te quita tiempo de ocio, tiempo de estar con tu familia... Un fin de semana en lugar de ir a pasear con tu mujer o tus hijos, te quedas en casa estudiando, y así varios meses", lamenta.

"El programa de estudio era difuso, cada uno tenía que prepararse el temario por su cuenta, para hacer los exámenes todos los que vivimos fuera de Madrid nos tuvimos que trasladar allí varias veces, costeando nosotros todos los gastos, claro", añade Pelayo. "También había que hacer test psicotécnicos, me hice todos los habidos y por haber para preparar bien la prueba, y también tuve que repasar inglés".

Cerca de 3.000 aspirantes para 92 plazas

El organismo presidido por Pablo Hernández de Cos anunció en septiembre de 2017 un proceso de selección para proveer 92 plazas en el nivel 5 del grupo administrativo, para desempeñar cometidos de auxiliar administrativo de caja, en Madrid y sucursales.

El proceso constaba de una primera fase eliminatoria de aptitud -con tres pruebas, una general de suficiencia, otra de conocimientos teóricos y una tercera de práctica- y una fase de valoración de méritos.

La Audiencia Nacional acuerda la retroacción de las actuaciones a pesar de los derechos de los que lograron plaza

A las pruebas concurrieron 2.849 personas. Tras la fase eliminatoria de aptitud, el número quedó reducido a 200, y a continuación se procedió a la prueba de valoración de méritos. Miguel Pelayo quedó entre los 50 primeros aspirantes tras la fase de aptitud. Pero cuando se publicó la lista de los números de identificación de los aprobados con plaza, y otra lista con los aprobados sin plaza, el suyo no aparecía.

"El problema fue los criterios de baremación y valoración que se aplicaron, así como el peso que se dio finalmente en el proceso a la entrevista", considera Pelayo.

La Sala de lo Contencioso Administrativo, sección quinta, de la Audiencia Nacional, en la sentencia conocida ayer, concluye que se aprecia "que la actuación –o más bien no actuación- del tribunal [de las pruebas del Banco de España] es arbitraria por la manifiesta y abierta conculcación de las bases, que en cuanto ley del proceso selectivo le vinculaban y que como órgano soberano del mismo, encargado de velar por su escrupuloso cumplimiento, no llevó a cabo".

Banco de España no quiso este martes valorar la sentencia porque dice que no lo ha recibido formalmente

La Sala de la Audiencia Nacional procede acordar "la retroacción de las actuaciones desplegadas en el proceso de selección". Desde el punto de vista temporal, explican los jueces, "la retroacción opera al momento de la publicación definitiva de las listas de los aspirantes que habían superado la fase
eliminatoria de aptitud", es decir, "al momento inmediatamente anterior al inicio de la fase de valoración de méritos".

Y ahora qué

"La sentencia es demoledora", dice Miguel Pelayo. Pero, a pesar del "gozo" con el que recibió ayer la noticia, es consciente de que se mantienen incertidumbres, y que resarcir ahora el daño causado no es sencillo.

"¿Y ahora qué? No quiero que le pase nada malo a los aspirantes que acabaron ocupando los puestos, entiendo que muchos de ellos se habrán hecho un plan de vida a raíz de conseguir esa plaza, que se habrán comprado una casa o que se habrán trasladado con sus familias a otra ciudad, pero yo tengo que defender mis derechos", señala Pelayo.

La Sala dice que procede la repetición de la fase de valoración de méritos para garantizar los derechos de todos los aspirantes

En su sentencia de este martes, que puede ser recurrida en casación ante el Tribunal Supremo, la Sala indica que no desconoce "el criterio jurisprudencial que salvaguarda la condición de los funcionarios que superaron el proceso selectivo".

Pero, añaden los jueces, "consideramos que atendidos los vicios sustanciales que se han apreciado en este caso, determinantes de la nulidad radical y absoluta de la totalidad de una de las dos fases del proceso selectivo, no es aplicable dicha doctrina jurisprudencial so pena infringir, asimismo, otros principios prevalentes y normas jurídicas que así lo fundamentan".

"No se trata de volver a valorar ciertos méritos a un aspirante porque el tribunal calificador haya incurrido
en alguna infracción jurídica que solo a él le afecte, sino que lo que procede es la repetición de la fase de valoración de méritos con el fin de garantizar los derechos e intereses legítimos de todos los aspirantes a ser valorados en las mismas condiciones por el tribunal (...)", explica la Sala de la Audiencia Nacional.

Desde el Banco de España se indicó este martes a este diario que se está a la espera de recibir formalmente la sentencia de la Audiencia Nacional para tomar una decisión. A pesar de que la sentencia ya ha sido distribuida a los medios de comunicación, el organismo no quiso este martes hacer valoración alguna.

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