Dos sentencias, una en Xinzo de Limia (Ourense) y otra en Santiago de Compostela, obligan a Novagalicia Banco a devolver más de 100.000 euros a dos personas a las que vendieron participaciones preferentes.
Según el abogado Juan José Pérez Barreiro, letrado que ha llevado ambas causas, estas sentencias positivas se argumentan nuevamente en la falta de perfil de inversor necesario para comercializar estos productos, a lo que se sumó falta de información. Tal y como Pérez Barreiro ha explicado a EFE, en el caso de la afectada de Xinzo de Limia, tenía 75 años cuando su dinero fue a parar a preferentes hace siete años.
En ese momento, además de carecer de conocimientos financieros, no le ofrecieron "información precontractual" por lo que pensaba que suscribía un plazo fijo común. Se habría firmado unilateralmente un contrato sin consentimiento de la demandante. Ahora deben devolverle los 50.154 euros que tenía en estos productos más 6.800 en concepto de intereses durante esos años.
Semejante es la situación de la persona afectada en Santiago de Compostela, de 50 años y a la que tampoco habrían ofrecido información detallada sobre los productos, por lo que NCG Banco ha sido condenada a reintegrarle sus 50.000 euros. La entidad también deberá abonar las costas de los dos procesos.
Ambas sentencias, tanto la del juzgado de instrucción número 1 de Santiago de Compostela del 20 de mayo, como la del juzgado de Xinzo de Limia del 11 de junio son todavía recurribles. Con todo, Pérez Barreiro ha destacado que estos afectados, además de tener la "razón moral" también están recibiendo la razón de manos de la justicia.