Rodrigo Rato ya tiene perfilada su estrategia de defensa si finalmente la Fiscalía Anticorrupción le acusa de falsedad contable en el 'caso Bankia'. Si esto ocurre, el ex presidente de Bankia y ex vicepresidente del Gobierno, así como ex director gerente del Fondo Monetario Internacional (FMI) se acogerá a la anulación de la doctrina Parot.
Así lo dio a entender el abogado de Rato, Ignacio Ayala, el pasado miércoles, en la tercera jornada del juicio por la salida a bolsa de Bankia, pues la Convención Europea de Derechos Humanos impide aplicar con retroactividad jurisprudencia desfavorable para un acusado.
Antecedentes
Hasta el primer día del juicio, la Fiscalía ponía el foco de su acusación solo en la actuación de Rato, del ex vicepresidente de la entidad, José Luis Olivas, del ex consejero delegado, Francisco Verdú y del asesor de Rato, José Manuel Fernández Norniella, por un presunto delito de estafa.
Dejó así fuera de su acusación a los otros 30 presuntos implicados y al delito de falsedad contable, pues el Ministerio Público consideraba que no había evidencias y jurisprudencia que lo sostuvieran.
Sin embargo, el pasado lunes la fiscal Carmen Launa se aferró a nuevas pruebas y a una nueva jurisprudencia -haciendo mención a la sentencia de febrero de 2018 sobre el caso Arte y Naturaleza- para incluir el delito de falsedad contable en su acusación por la salida a bolsa de Bankia, abriendo así la puerta incluir a más procesados.
Estrategia
En su alegato, Ayala aseguró que si se pretende aplicar con carácter retroactivo una jurisprudencia desfavorable se violaría el Artículo 7 del Convenio Europeo de Derechos Humanos, que establece la irretroactividad de las leyes penales desfavorables para el acusado.
"Nadie podrá ser condenado por una acción o una omisión que, en el momento en que haya sido cometida, no constituya una infracción según el derecho nacional o internacional. Igualmente no podrá ser impuesta una pena más grave que la aplicable en el momento en que la infracción haya sido cometida", reza el citado artículo.
Precisamente, el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) aplicó el Artículo 7 del Convenio Europeo de Derechos Humanos para condenar a España por haber aplicado la ‘doctrina Parot’ a la miembro de la banda terrorista ETA Inés del Río.
Así, la defensa Rodrigo Rato entiende que la Fiscalía no puede hacer uso de la jurisprudencia establecida por la sentencia de febrero de 2018 sobre el caso Arte y Naturaleza para incluir el presunto delito de falsedad contable en su acusación por la salida a bolsa de Bankia, pues la operación se produjo en el año 2011.
"Parte acusadora"
El abogado de Rato también cargó duramente duramente contra Antonio Busquets, uno de los peritos del Banco de España involucrados en el caso, al que calificó de parte acusadora por aportar hace unos días un documento en el que subrayaba supuestas irregularidades contables en la salida a Bolsa por un enfrentamiento contractual con Aviva.
Otra de las nuevas pruebas aportadas recientemente al caso en un nuevo informe de PwC enviado por Bankia, en el que se cifra el agujero que había en BFA cuando se integró el negocio de las siete cajas. En cualquier caso, Bankia realizó más provisiones de las que decía el documento: se asumieron pérdidas de 13.000 millones en lugar de las 11.000 marcadas por PwC.