Economía

El Tribunal de Cuentas advierte a Muprespa por cargar a la Seguridad Social dos millones en regalos de Navidad

Esta mutua de la Seguridad Social, cargó entre 2014 y 2017 más de 1,9 millones en concepto de cestas, y otros 120.986,13 euros en "regalos de Reyes para los hijos de los empleados"

  • Tribunal de Cuentas

El Tribunal de Cuentas ha censurado que una de las mutuas de la Seguridad Social, Fraternidad-Muprespa, haya gastado más de dos millones de euros entre 2014 y 2017 con cargo al patrimonio de la Seguridad Social en cestas de Navidad y otros regalos de representación y para empleados.

El órgano fiscalizador no encuentra justificada la necesidad de contratar estos productos con cargo al patrimonio de la Seguridad Social, pues incumple lo dispuesto en la ley de contratación pública, que impide la celebración de cualquier otro contrato por parte de las entidades del sector público "que aquellos que sean necesarios para el cumplimiento y realización de sus fines institucionales".

Así lo manifiesta en su 'Informe de fiscalización de la contratación celebrada por Fraternidad-Muprespa, mutua colaboradora con la Seguridad Social número 275, ejercicio 2017', recogido por Europa Press, que analiza los contratos celebrados por esta mutua.

En 2017, esta mutua adjudicó 348.138 euros en cestas navideñas y otros 28.350 euros en pulseras de actividad, cables USB y estuches serigrafiados, pero, según la información de la que dispone el Tribunal, estos suministros han supuesto entre 2014 y 2017 más de 1,9 millones de euros en concepto de cestas, y otros 120.986,13 euros en "regalos de Reyes para los hijos de los empleados".

Estas cestas contenían jamón ibérico, chorizo ibérico de bellota, turrón, vino D.O. Ribera reserva y cava brut reserva, entre otros productos

Sin justificación

Estas cestas contenían jamón ibérico, chorizo ibérico de bellota, turrón, vino D.O. Ribera reserva y cava brut reserva, entre otros productos, y se adjudicaron como "paquete de Navidad". Esta entrega de cestas se incluye dentro de un pacto interno suscrito por la representación sindical de los trabajadores.

Pese a que la justificación de la necesidad de contratar este servicio se basa en la existencia de "un pacto interno" en la mutua, a juicio del Tribunal esta circunstancia no está relacionada con el cumplimiento de los fines institucionales de la Mutua, que es colaborar en la gestión de determinadas prestaciones.

En el caso de la mutua asociada a la Seguridad Social, la gestión de la prestación económica por incapacidad temporal derivada de contingencias comunes, la gestión de las prestaciones por riesgo durante el embarazo y riesgo durante la lactancia natural, la gestión de las prestaciones económicas por cese en la actividad de los trabajadores por cuenta propia, y la gestión de la prestación por cuidado de menores afectados por cáncer u otra enfermedad grave.

En sus recomendaciones, el Tribunal pide a la mutua que vele por que su contratación "esté encaminada al cumplimiento y realización de sus fines institucionales, de modo que las adquisiciones realizadas con cargo al patrimonio del sistema de la Seguridad Social estén relacionadas, en todo caso, con la consecución de los fines propios que le atribuye la normativa".

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